Pueden candidatear exdirigentes, excandidatos y exmilitantes que hayan ejercido el cargo hace más de cinco años. El examen y la entrevista les dará 60 puntos

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1 de agosto de 2018, 7:00 AM
1 de agosto de 2018, 7:00 AM

El puntaje que se asignará a los candidatos a fiscal general del Estado se convirtió en el principal punto de disenso entre oficialistas y opositores ayer en la sesión de la Comisión Mixta de Justicia Plural que aprobó el proyecto de “Reglamento para la elección y designación de la fiscal o el fiscal general del Estado”.

“No es posible que los candidatos, que tienen que ser abogados necesariamente, reciban un plus de cuatro puntos en la calificación de méritos por esa razón y que unos diplomados tengan más peso que la producción intelectual; además, ¿cómo (es posible que) el puntaje de todos los méritos tengan menos valor que la entrevista y el examen”, criticó la senadora opositora Mirtha Arce.

El proyecto tiene 23 artículos y tres anexos; el último anexo contiene la tabla de puntajes por los méritos. Cuando las opositoras cuestionaron los criterios que se aplicaron para asignar esa escala de puntajes, ninguno de los oficialistas supo responder y el presidente de la misma, el senador Milton Barón (MAS), solo atinó a decir que es la misma tabla que se usó para la preselección de los candidatos a magistrados.

Incluso la redacción de los artículos es parecida a la del proceso de preselección de candidatos a magistrados porque hacía referencia a la “preselección” y la diputada Nelly Lenz (MAS) fue la que alertó sobre el uso de ese concepto equivocadamente, de modo que tuvieron que cambiar hasta el título del documento e introducir cambios de redacción en al menos 20 de los 23 artículos.

Los méritos tendrán un valor de 40 puntos, la entrevista 30 puntos y el examen, otros 30 puntos; pero Barón aclaró que todos los candidatos que logren un mínimo de 56 puntos irán a la sesión de Asamblea para ser designados.

Los requisitos

En el caso de los requisitos comunes el sexto punto permite que se postule todo abogado que haya sido militante de algún partido hace cinco años; luego en el punto 10, refiere que podrán ser candidatos los que hayan ejercido el cargo de dirigentes o postulado como candidatos por algún partido hace más de cinco años, lo que fue objetado.

No podrán ser candidatos los que tengan sanción de destitución del Consejo de la Magistratura ni por la Fiscalía General del Estado y tampoco tener sanciones por faltas graves o gravísimas.

La comisión, luego de la revisión de los requisitos, publicará la lista de los habilitados y la ciudadanía podrá realizar las impugnaciones respectivas en un plazo de siete días calendario; los postulantes también podrán impugnar las denuncias y los diputados solicitarán “pruebas idóneas” de las denuncias que se hicieran.

Finalmente, de 10 legisladores, seis votos fueron por el proyecto oficialista y cuatro legisladoras mujeres de la oposición protestaron. La sesión de Asamblea será el viernes donde refrendarán el documento.