El dirigente campesino Ever Rojas amenazó con envenenar a los opositores que fueran a hacer campaña al norte de Potosí. Candidatos advierten que violó el Código Penal, la ley contra el racismo y la ley electoral

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25 de junio de 2019, 4:00 AM
25 de junio de 2019, 4:00 AM

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitió ayer por la tarde un comunicado en el que rechaza las amenazas de la dirigencia de la Federación de Campesinos del Norte de Potosí, de impedir el ingreso a su territorio de los políticos de oposición para hacer campaña. Además, recordó que, de insistir, se incurre en un delito que es sancionado con prisión.

Los opositores calificaron de “tibio” el pronunciamiento de los vocales del TSE porque las amenazas vertidas por el ejecutivo de la Federación de Campesinos del Norte de Potosí, Ever Rojas, infringen la Constitución Política del Estado (CPE); además de emitir comentarios que están penalizados por la Ley de Régimen Electoral, el Código Penal y la Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación.

Desde el oficialismo, el presidente de Diputados, Víctor Borda, argumentó que el dirigente habló en sentido figurado, cuando se refirió que no permitirá el ingreso de los opositores y que, de hacerlo, serán envenenados.

“Lo que ha expresado es que no se va a permitir que se envenene ideológicamente al pueblo, que vengan ideas foráneas para distorsionar la reivindicación de los pueblos indígenas originarios”, dijo el presidente de Diputados.

Los vocales del TSE, a través del comunicado, mencionaron que si se produce la obstaculización, el dirigente incurrirá en la coacción y la obstaculización de procesos, estipulados en el artículo 238 de la Ley de Régimen Electoral, incisos a) y h). Se trata de dos delitos electorales que tienen pena de cárcel.

Posiciones

El texto, firmado por la presidenta del Órgano Electoral, María Eugenia Choque, advierte que la “CPE garantiza a todas las personas, sin excepción, el derecho a la libre circulación por todo el territorio nacional, así como la libertad de expresión y asociación, como parte del ejercicio democrático”.

Además, rechazó las advertencias de Rojas e hizo un llamado “a respetar y garantizar el ejercicio pleno de los derechos civiles y políticos como la libre circulación, la libre reunión, y la libertad de pensamiento y expresión de opiniones de todas y todos los bolivianos”, remarcó Choque.

Por su lado, el candidato a la Presidencia por UCS, Víctor Hugo Cárdenas, y el vocero de Comunidad Ciudadana, Diego Ayo, afirmaron, por separado, que el dirigente campesino del norte de Potosí violó preceptos tan importantes de la Carta Magna, que en el artículo 144, parágrafo primero, otorga al boliviano “el derecho de concurrir como elector o elegible a la formación y al ejercicio de funciones en los órganos del poder público”.

También se afectan los derechos expresados en el artículo 21, que garantiza la libertad de reunión y asociación, en forma pública y privada, con fines lícitos; a expresar y difundir libremente pensamientos u opiniones; a acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva, como a la libertad de residencia, permanencia y circulación en todo el país.

El candidato a la presidencia por Bolivia Dice No, Óscar Ortiz, manifestó que el mayor delito es el promover el odio entre bolivianos. “El amenazar con matar a los blancos es un delito que debe ser procesado por la Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación”, aseveró.

El artículo 281 Bis señala que “la persona que arbitrariamente e ilegalmente, restrinja, anule, menoscabe o impida el ejercicio de derechos individuales o colectivos por motivos de raza, origen nacional o étnico, color, ascendencia... será sancionado con pena privativa de libertad de tres a siete años de cárcel”.

Mientras tanto, Cárdenas consideró que también contraviene lo estipulado en el Código Penal, en el ámbito de las amenazas contra políticos de oposición.

En concreto, el artículo 294 del Código Penal establece como delito de coaccional que con violencia o amenazas graves obligare a otro a hacer o tolerar algo a que no está obligado”. Este delito tiene una pena de seis meses a dos años de cárcel.

Ayo, Ortiz y Cárdenas coincidieron también en que un agravante fundamental es que el presidente Evo Morales estuvo presente en el lugar donde se dio el ataque y no lo reprendió.

“Lo hizo con aval del presidente y de autoridades estatales presentes. El TSE ya debió convocar a esta persona e iniciar un proceso en su contra”, dijo Cárdenas. “Más allá de la falta de personalidad del TSE, que emite un comunicado tibio, queda claro que Evo Morales, ante la pérdida de popularidad, busca refugiarse en promover confrontaciones entre sectores y promueve el odio entre bolivianos”, arremetió Ortiz.