Argumentan que Impuestos Nacionales solicita información que ya existe y que la resolución emitida por esa entidad los perjudica

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16 de enero de 2019, 13:01 PM
16 de enero de 2019, 13:01 PM

La Cámara Nacional de Comercio (CNC) presentó una impugnación en contra de la Resolución Normativa de Directorio (Nº 101800000034) del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), que reglamenta en forma contradictoria la preparación y envío de información por los contribuyentes del sector hotelero del país.

La información la hizo conocer Gustavo Jáuregui, gerente general de la entidad empresarial quien explicó que el turismo aún no está entre las 10 actividades relevantes de aporte al Producto Interno Bruto (PIB), lo que implica que el Estado tiene que proyectar conjuntamente los actores privados, un plan integral de promoción del sector en Bolivia, que explote las potencialidades actuales generando condiciones adecuadas para la inversión.

Jáuregui dijo que la resolución del SIN está en contradicción con otras disposiciones legales de igual o mayor rango, que fueron aprobadas con anterioridad, con el fin de supervisar y controlar la actividad hotelera en el país.

Argumentó que dicha resolución establece obligaciones para el sector afectado, que no pueden ser cumplidas al no contar con la información que se solicita, por lo que en la impugnación se establece que la aprobación de dicha norma fue emitida sin ser consensuada con el sector interesado y sin tomar en cuenta todos los aspectos del accionar del rubro, aspecto que afectará a la hotelería en su conjunto.

El ejecutivo de la CNC mencionó que gran parte de la información solicitada por el SIN ya está registrada en la administración tributaria y es la misma que suministran las empresas hoteleras a tiempo de tramitar su NIT (Número de Identificación Tributaria).

“Por lo tanto, la norma emitida por Impuestos Nacionales solicita información que ya existe, por lo que se estaría aumentando la burocracia en forma innecesaria”, agregó Jáuregui.

También aclaró que la información requerida al sector se contradice con la establecida en el Sistema de Registro de Turismo (Siretur), por el Ministerio de Culturas y Turismo, aspecto que no ha sido tomado en cuenta por la autoridad tributaria, cuya resolución, en este caso, estaría vulnerando una normativa de mayor rango.

Sostuvo, a modo de ejemplo, que el SIN envió una tabla con campos que deben ser llenados por las empresas hoteleras, pero que la misma presenta información confusa, incompleta o incorrecta respecto a la operativa de los hoteles.

“Esto implica que los contribuyentes del sector no podrán cumplir a cabalidad con la información solicitada, lo que llevará a que sean sancionados, no obstante que los campos establecidos no permiten a los hoteleros informar correctamente sobre su capacidad instalada, lo que afectará, a su vez, el principio de seguridad jurídica y jerarquía normativa”, advirtió el gerente.

Luego de citar algunas garantías y principios constitucionales, Jáuregui sostuvo que éstas deben aplicarse con prioridad en todo tipo de procesos y decisiones administrativas que tendrían como consecuencia sanciones y restricción de derechos de un sector, por lo que “en todos los procesos debe respetarse la normativa constitucional”.