El ministro de Justicia aseguró que la norma busca que los menores cuenten rápido con una identidad, se reduzca el tiempo de trámite de adopción nacional y se viabilice la adopción internacional. En lo que va del año hubo 12 infanticidios

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13 de abril de 2019, 4:00 AM
13 de abril de 2019, 4:00 AM

El presidente Evo Morales promulgó en Tarija la Ley de Abreviación Procesal para garantizar la restitución del derecho humano a una familia a niños, niñas y adolescentes, que se encuentran en hogares de acogida del país.

“Felicitar primero a la niñez, siempre conversamos y hemos visto sus necesidades. Recomendé al equipo jurídico redactar todo el proyecto de ley que hoy promulgamos”, dijo.

Por su parte, el ministro de Justicia, Héctor Arce, dijo que la norma va a mejorar los procedimientos de acogimiento circunstanciales, además de la filiación, para que los menores cuenten rápido con una identidad.

Agregó que esa norma “prohíbe que los padres utilicen los centros de acogida como depósitos” porque a veces dejan a sus hijos en los hogares y luego los quieren recoger; dijo que esa ley permite, asimismo, “la adopción nacional”, procedimiento para el que se redujo el tiempo del trámite; y por último “viabiliza los procedimientos de adopción internacional”.

Arce recordó que el presidente constató en una visita a un hogar en La Paz las dificultades que tienen los menores para ser adoptados y contar con una familia, por ello ordenó trabajar una norma que reduzca el proceso legal.

“El presidente nos dijo: ‘No puede ser que los niños crezcan esperando una adopción que nunca llega porque hay trámites burocráticos, no puede ser que el Estado, jueces, alcaldes y la burocracia no se los permita’, y nos instruyó trabajar en la ley”, sostuvo. Detalló que, según datos del Ministerio de Justicia, 8.369 niños, niñas y adolescentes viven en centros de acogida de todo el país; de ellos 4.328 son mujeres y 4.041 varones.

Sobre cobros irregulares

En días pasados, la Defensoría del Pueblo realizó una investigación junto a Unicef y encontró una serie de irregularidades en los procesos de adopción de las defensorías de la Niñez y Adolescencia, del Sedeges, Servicio Departamental de Políticas Sociales y de los juzgados públicos que atienden esos casos.

El trabajo de ambas instituciones detectó “vulneración del principio de gratuidad establecido en el artículo 10 de la Ley 548 Código Niña, Niño y Adolescente”.

Al respecto, el Servicio Departamental de Gestión Social (Sedeges) dependiente de la Gobernación paceña dijo estar abierto a cualquier investigación y anticipó que “los cobros indebidos” en los procesos de adopción a los que aludió la Defensoría del Pueblo no son tales, pues la Ley Departamental de La Paz 086 establece una escala de aranceles para estudios biosicosociales de adultos y cursos para padres y madres adoptivos, proceso previo al juicio por adopción.