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Anciana se cayó en la calle, denunció al municipio y recibió dinero






22 de Julio de 2012 | 15:26


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El Ayuntamiento de Barcelona ha aceptado la concurrencia de culpa por la caída de una anciana de 76 años en la céntrica calle del Portal del Ángel por culpa del mal estado del pavimento y le pagará 1.500 euros de indemnización, según ha informado la síndica de greuges municipal.

La aceptación de la culpa se ha producido después de que la síndica, Maria Assumpció Vilà, estimara la queja de la vecina de Barcelona y considerara que la actuación municipal había sido "insuficiente", pese a que el informe de sus técnicos corroboró el mal estado del pavimento en el lugar donde cayó la transeúnte.

La síndica certificó que la mujer, que sufrió lesiones importantes, se cayó porque tropezó a causa del mal estado de un tramo de la calle. El accidente se produjo el 21 de marzo del año pasado cuando la anciana tropezó con una baldosas que sobresalían del suelo. A raíz de la caída, la mujer tuvo que ser trasladada en ambulancia al hospital, donde le diagnosticaron una fisura en el hombro, que le ha dejado como secuela una disminución de movilidad permanente, y diversas contusiones en una pierna.

El Ayuntamiento inicialmente se desentendió de la queja de la ciudadana, que recurrió a la defensora municipal del ciudadano. Tras abrir una investigación, la síndica consideró que la actuación del Distrito de Ciutat Vella fue "poco eficaz" porque desestimó su responsabilidad patrimonial teniendo únicamente en cuenta las alegaciones de la compañía aseguradora a pesar de que estaba probado el mal estado del pavimento tanto por los servicios técnicos como por las fotografías aportadas por la accidentada.

La compañía aseguradora sostuvo que en la zona del accidente había suficiente paso para los peatones para evitar el lugar en el que estaba levantado el pavimento y consideraba que no había un nexo causal necesario para determinar la existencia de responsabilidad patrimonial.

La responsabilidad de la Administración

En cambio, la defensora sentenció que tener en cuenta sólo las alegaciones de la aseguradora fue "insuficiente" y que se tendría que haber valorado que los técnicos municipales repararon el pavimento en el lugar del accidente tras el siniestro, así como la avanzada edad de la mujer, "con las limitaciones que esto puede suponer y la habitual afluencia de viandantes del Portal del Ángel".

Además, en su dictamen, la síndica considera que "en un tema tan difícil como es el nexo de causalidad que necesariamente se tiene que apreciar entre la actuación de la administración y los daños, el ayuntamiento tendría que haber tenido en cuenta la sentencia del TS de 12 de junio de 1991 que admite la teoría del concurso de causas y que determina que el hecho de que la culpa sea de la víctima no excluye totalmente la responsabilidad de la administración".

La mujer presentó su queja el pasado 3 de abril e interpuso un recurso de alzada contra la resolución negativa del Ayuntamiento, que ahora ha decidido rectificar y aceptar la concurrencia de culpas y compensará con 1.500 euros a la víctima.


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