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11 de noviembre de 2018, 8:00 AM
11 de noviembre de 2018, 8:00 AM

…más “le pelan” (como decimos en el pueblo), para justificar la “candidatura imposible”, es decir, la de Evo Morales.

En esta última tanda, primero apareció el senador Barón para asegurar que “los resultados del referéndum constitucional de 2016 ya han sido aplicados por la Asamblea Legislativa Plurinacional, por eso no se modificó el artículo168 de la Constitución Política del Estado”. ¡Vaya, la Asamblea aplicó los resultados! Está claro que los resultados del referéndum del 21-F no se aplicaron, simplemente están ahí y serán “aplicados” el día que en el TSE le diga a Evo Morales y a su acompañante que “no pueden ser candidatos porque perdieron el referéndum, así de simple y de claro.

No va a ser el Congreso el que los haga cumplir, sino el Órgano Electoral (Poder del Estado), que fue el que convocó y llevó a efecto el acto señalado. Hay una publicación televisiva del mismo Órgano Electoral que está dando vueltas en las redes sociales, en la que el propio Tribunal explicaba sobre qué decidiría el acto del 21-F de 2016 y que se consultaría a la población sobre la propuesta de reforma del artículo 168 de la CPE.

En esa comunicación/propaganda se dejaba claro: “En caso de ganar la opción Sí, se aprueba la reforma del artículo 168 de la Constitución; eso implica que los actuales mandatarios podrían postularse como candidatos en las elecciones generales de 2019; mientras que, en caso de ganar la opción No, se rechazaría la reforma del artículo mencionado, implicando que los “los actuales mandatarios no podrán postularse como candidatos en las elecciones de 2019”. El spot terminaba diciendo: “En tu voto está la decisión”.

Y uno se pregunta: ¿Será posible que ese Tribunal u Órgano desconozca la voluntad soberana del pueblo y recule, dando lugar a una sesgada interpretación del Tribunal Constitucional anterior que decidió entender “la reelección como un derecho humano”? Lamentablemente, creo que es posible que se viole la voluntad soberana, el poder tiene mucha influencia ahí, pero mejor esperar.

Hace un par de días, el magistrado Ceballos aseguró que el referendo está “cumplido” y lo único que se hará ahora es “aplicar el principio de supremacía constitucional, que implica que todos los órganos, las instituciones y las personas nos sujetamos y sometemos a la Constitución”, dando la razón a quienes sostenemos que no se puede modificar absolutamente nada, habida cuenta de que de esa lectura queda más claro que nunca que el referendo no puede ser desconocido por el Órgano que lo convocó y que, someterse o sujetarse a la Constitución o aplicar la supremacía constitucional, significa cumplir el artículo 168 de la Constitución, que es la ley que prohíbe la reelección por más de una vez. El texto es claro cuando se lee: el periodo de mandato es de cinco años y pueden ser reelectos o reelectas por una sola vez”.

Por último, el presidente Morales aseguró, cerrando la ronda de sandeces: “Defender el 21 de febrero no es defender al pueblo, (no es defender) el sentimiento del pueblo boliviano”, sin darse cuenta de que el sentimiento del pueblo boliviano fue consultado el 21 de febrero. Ese día el sentimiento dijo No. Esa fue la última vez que se consultó al pueblo sobre asuntos constitucionales; se lo convocó a un referendo. Ese es un hecho que, le agrade o no a “su excelencia”, ese resultado es la única constatación de “sentimiento del pueblo”. Las urnas hablaron. La pregunta fue clara, demás es tratar de ser el “intérprete” del sentimiento de la gente sin hechos que lo respalden; la evidencia es la decisión del pueblo.

¿Tan difícil es de entender? ¡Para nada! El tema pasa por la vocación de poder, pasa por la tentación totalitaria, por el ensimismamiento que los convencidos de que ‘no pueden ni deben dejar el poder’, porque les costó llegar hasta ahí y, además, porque si lo sueltan, no vuelven. Esto no es nuevo, ya lo vimos en el doble sexenio del 52 al 64 del siglo pasado; el presidente Paz tampoco podía volver a ser candidato y lo hizo, y ya sabemos cómo le fue.

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