Permitir que la segunda gestión de Morales fuera la primera, ir por encima de la CPE y decir que una cuarta candidatura era un derecho humano. Ahora, amonestar al TSE por impedirle ser candidato a senador

El Deber logo
20 de marzo de 2022, 10:08 AM
20 de marzo de 2022, 10:08 AM

Fueron dos ocasiones, según analistas y políticos, en las que el Tribunal Constitucional Plurinacional emitió fallos que fueron hechos a la medida de la continuidad de los 14 años de presidencia de Evo Morales. Esta semana, emitió una tercera decisión que declara inconstitucional la anulación de la candidatura del líder del MAS a una senaduría en las últimas elecciones, pese a que no estaba en el país. El oficialismo siempre se respaldó en el apoyo popular del exmandatario, exhortó a ganarle con votos y defendió su “derecho humano” de postularse a la jefatura de Estado de forma indefinida.

Pero esta maquinaria se cayó en 2019, cuando un fraude electoral llevó al fin de la era de los años de gobierno de Evo Morales, y terminó con su renuncia y salida del país.

Pero, tras la llegada al gobierno de Luis Arce, el TCP vuelve a andar por ese camino y ahora falló en contra del TSE por haber incurrido en la inconstitucionalidad de impedir la participación de Morales como candidato a senador en las elecciones de 2020, lo que, según los opositores, vuelve a favorecerlo y allana su candidatura para 2025. 

Desde el Ejecutivo argumentan que buscaron evitar que se atente contra los derechos políticos del líder del MAS, incluso reivindicaron los reclamos de los exmasistas Rebeca Delgado y Eduardo Maldonado, que fueron impedidos por el MAS de postular como alcaldes en 2015 porque su residencia en los años anteriores fue La Paz, no las ciudades para las que postularon.

Evo Morales asumió en 2006 la presidencia de Bolivia y en 2009 se aprobó la Constitución Política del Estado que estableció en su artículo 168 que el período de mandato del presidente y vicepresidente es de cinco años, y pueden ser reelectos por una sola vez de manera continua.

Evo Morales se aferró a esa nueva Constitución que establece dos mandatos, renunció y llamó a elecciones en 2009, ganó y estableció esa gestión como la primera “de la nueva era del Estado Plurinacional”. Desató polémica y reclamos, pero a través de la Asamblea Legislativa la puso en consulta al Tribunal Constitucional, instancia que dio luz verde al proyecto de Ley de Aplicación Normativa. Su período de 2009 a 2014 (que en realidad era el segundo) valió como el primero y el de 2014 a 2019, como el segundo.

El diputado de Creemos Erwin Bazán manifestó en sus redes sociales: “El MAS no se cansa de denigrar al país, opera en contubernio con el TCP y el Órgano Judicial. Desde el 2006 este tribunal le ha permitido al MAS manipular la Constitución como instrumento utilitario para sus fines sectoriales”.

Sobre este primer hecho, comentó que “lo que se pretendía era realizar una innecesaria interpretación de las normas que regulan la reelección presidencial en la CPE. Ante la claridad del mandato constitucional que permite la reelección presidencial por una sola vez, no era justificable realizar mayor interpretación, pero el MAS la hizo”.

En 2013, cuando se confirmó que Morales podía ir a la reelección, el exvicepresidente Álvaro García Linera señaló que con la aprobación de la nueva CPE se hizo borrón y cuenta nueva. Así, Morales pudo optar con el aval del TCP a un segundo mandato, aunque en realidad era el tercero.

García Linera desafió entonces a los opositores: “No le tengan miedo al voto, es con el voto que el pueblo aprueba quién tiene derecho a gobernar. A un candidato no se le gana serruchando el piso con artimañas de tinterillo, se gana con votos”, expresó en alusión a los anuncios de algunos parlamentarios de protestar ante instancias internacionales por considerar que se trataba de una violación de la Constitución.

El constitucionalista Gustavo Mendoza Orozco comentó que el TCP, que debiera ser el guardián de la CPE, se convirtió en un instrumento “que ha forzado todo para que Evo Morales esté en la presidencia en los últimos 14 años con un TCP operativo a sus intereses”.

Bolivia realizó dos referéndums en Bolivia, en los cuales el soberano decidió que el periodo de mandato para presidente y vicepresidente de Estado sea cinco años y puedan ser reelectos por una sola vez de manera continua, Primero, el referéndum del 25 de enero de 2009 que aprobó la nueva CPE y el del 21 de febrero de 2016, en el que el soberano dijo No a la pretensión de Morales a postularse a la Presidencia por cuarta vez consecutiva.

Ahí viene la segunda intervención clave. El 28 de noviembre de 2017, el TCP emitió la Sentencia Constitucional 0084/2017 y alegó la aplicación preferente del artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica (CADH) sobre el artículo 168 de la Constitución y declarando que evitar la repostulación era quebrantar un derecho humano del exmandatario.

Bazán sentenció que es un absurdo legal. “El TCP no tiene competencia para ‘inaplicar’ normas constitucionales ni para hacer control de constitucionalidad a la propia CPE, tampoco para pedir aplicación preferente como en este caso, tampoco para interpretar a su libre albedrío la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), dado que esa es una atribución privativa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)”.

El constitucionalista Gustavo Mendoza señaló que el TCP hizo caso omiso de la decisión del ciudadano y, “a través de esta sentencia, habilitó la reelección como derecho humano. Hay opiniones consultivas de instancias internacionales que dicen que de ninguna manera deben considerarse como tal. La CPE busca establecer el límite al ejercicio de poder y por eso marca parámetros en cuanto al tiempo de gestión y la posibilidad de reelección. Es evidente que este TCP es un instrumento para alcanzar los objetivos políticos de quienes ejercen el poder”.

Entonces, García Linera defendió que no se podía establecer límites al derecho político que tienen las personas de participar en elecciones. La CPE establece la primacía de los acuerdos internacionales sobre la propia Constitución. “Se planteó al Tribunal Constitucional que no debería establecerse límites para que una persona candidatee, en cumplimiento el Pacto de San José sobre derechos humanos. Y el Tribunal Constitucional, que es el único intérprete de la Constitución, estableció que esto es correcto”. Morales y García Linera se postularon, pero no sabían que ese era el comienzo del fin.

Esta semana, cerca al año y medio del retorno del MAS al poder, se produjo la tercera ocasión en la que el TCP emite un fallo que favorece a Morales, según los opositores. Ha declarado inconstitucional la anulación de la candidatura a primer senador del expresidente, pese a que tras el fraude electoral de 2019, renunció y salió del país, primero a México y luego a Argentina.

El TCP pudo actuar de manera “selectiva” cuando favoreció a Evo Morales y rechazó recursos planteados por Rebeca Delgado y Eduardo Maldonado, dos exlegisladores disidentes del MAS que fueron impedidos de participar como candidatos a las alcaldías de Cochabamba y Potosí, respectivamente, en 2015.

Delgado recordó que, tal como hizo Morales, acudió al TCP para que se reparen sus derechos políticos, establecidos en la CPE y el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos. El tribunal rechazó su petición y “avaló la constitucionalidad de la Circular 71 que emitió el Tribunal Supremo Electoral (TSE)” para inhabilitar su candidatura y la del representante potosino.

Tras su mandato como diputada nacional, Delgado se presentó como candidata a la Alcaldía cochabambina. El TSE la inhabilitó porque ella no contaba con una residencia continúa de dos años en ese municipio. Lo mismo pasó con el exsenador Maldonado, quien se postuló para la alcaldía de Potosí. Eso sí, ninguno de ellos salió del país. 

El ministro de Justicia, Iván Lima, manifestó que la decisión del TCP solo sigue la misma línea de los procesos que en su momento iniciaron Maldonado y Delgado. “Esta sentencia lo que hace es seguir la línea de Maldonado o Delgado, consolidar el derecho de los bolivianos a participar de actividades políticas, en las elecciones. Ha quedado claro que el derecho político de participar en elecciones no va a ser vulnerado nunca más”. Pero, la historia comienza a repetirse.

HECHOS:

​DARDOS  | “En 2020, la derecha golpista nos inhabilitó y trató de proscribir al MAS-IPSP. Aunque tardía, la sentencia del TCP, muestra que el TSE y un tribunal de garantías constitucionales actuaron políticamente y atentaron contra el derecho del pueblo a elegir libremente”, escribió el líder del MAS en Twitter.​


INDAGACIÓN | Patrocinado por Marcelo Valdez, el abogado de la exdiputada Lidia Patty (MAS), un ciudadano planteó el inicio de una acción legal contra los vocales electorales que firmaron la inhabilitación de Evo Morales como candidato a senador en 2020. Se trata de Óscar Graf Sánchez, quien presentó, a las 14:14 de este viernes, un recurso ante el TSE que pide que se investigue a los vocales que firmaron la resolución.