La Sala Constitucional Primera determinó que no se puede interrumpir el tráfico de la ciudadanía

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17 de septiembre de 2019, 4:00 AM
17 de septiembre de 2019, 4:00 AM

La Sala Constitucional Primera del Tribunal de Justicia de La Paz determinó que reconoce el derecho al paro de los choferes sindicalizados, pero que esa prerrogativa no les permite bloquear interrumpiendo el libre tránsito.

La sentencia se emitió en el marco de una Acción Popular presentada por los diputados Wilson Santamaría y Rafael Quispe. La audiencia se hizo en medio de protesta de los transportistas.

Según Quispe, el efecto de esta sentencia tiene un alcance nacional, por lo que la dirigencia del transporte no podrá bloquear las vías, perjudicando al ciudadano.

El dirigente, Aldo Terrazas, dijo que seguirán protestando contra los reglamentos de la Ley de Movilidad Urbana pues no fueron consensuados. “Hicimos 20 marchas y cero desmanes”.