Bolivia lo que tiene es el Decreto Supremo N° 28168, de 2005, que garantiza el acceso a la información pública y que también la CPE, en su artículo 21, numeral 6, establece el derecho “a acceder a la información”. No es suficiente.

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20 de enero de 2019, 4:00 AM
20 de enero de 2019, 4:00 AM

Lupe Cajías (Premio Nacional de Periodismo 2018) cuenta que entre 2016 y 2017 solicitó información para un reportaje que estaba realizando sobre la carretera La Paz - Chulumani y los procesos a los militares involucrados en la fracasada obra. Recuerda que el Ministerio de Defensa le respondió parcialmente, la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) departamental y nacional nunca, tampoco el Ministerio de Obras Públicas.

Actualmente, dice Cajías, las puertas se cierran cada vez más herméticamente y las pá- ginas portales de los ministerios y de instituciones descentralizadas no tienen información actualizada. Todo ello podría cambiar, según diversas voces de periodistas del país, si es que Bolivia contara con una normativa nacional de acceso a la información pública.

Según datos de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), más de 100 países del mundo poseen en su legislación nacional una ley que permite el acceso a la información pú- blica. De todos los continentes, América Latina es la región con países en vías de desarrollo que más ha avanzado en este tema y que cuentan con leyes que están consideradas entre las mejores del mundo, incluso por encima de las de la Unión Europea, según el informe de Unesco, titulado: Acceso a la información: Lecciones de América Latina.

Pero ojo, no hay por qué alegrarse, porque en esa lista de países con una normativa de acceso a la información pública no aparece Bolivia. Según el informe, de la Unesco que fue elaborado por el periodista investigativo estadounidense Bill Orme, la mayoría de países de América Latina tienen leyes que garantizan el acceso a la información oficial, a excepción de Bolivia, Costa Rica, Cuba y Venezuela.

Hubo varios intentos en Bolivia para hacer posible el acceso a la información, recuerda Cajías, desde los ampliados obreros donde se solicitaba y analizaba la información estatal, pasando por otros intentos como la propuesta de crear una entidad que se llame Transparencia Bolivia, con varias entidades de la sociedad civil, que no tuvo muchos avances, un decreto supremo de junio de 2005 aprobado en la gestión de Carlos Mesa que no se cumple ni siquiera en su parte más simple, la contemplación en la Constitución Política del Estado, (2009) que en su artículo 106, I establece el derecho a la comunicación y a la información, que entre 2009 y 2015 el gobierno del MAS hizo diferentes propuestas para normar el acceso a la información pública, pero que no logró aprobarlas.

A ello se suma, dice Cajías, que en diciembre de 2015, la Asociación de Periodistas de La Paz presentó ante el Senado del Estado Plurinacional una propuesta de ley, ante el fracaso de todos los otros intentos oficiales. “Este instrumento recoge el mandato de la Ley Marco de Acceso a la Información Pública aprobada en la OEA. Lo más importante es y será el compromiso de las autoridades. Sin voluntad política no es posible el acceso pleno y oportuno a la información pública”, enfatizó Cajías.

Ricardo Trotti, director ejecutivo de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), confirmó que Bolivia no está entre los países que cuentan con una ley de acceso a la información, dijo que lo que sabe de Bolivia es que tiene entendido que sigue vigente el Decreto Supremo N° 28168, de 2005 que garantiza el acceso a la información pública en las instancias del órgano Ejecutivo y que también la Constitución de Bolivia en su artículo 21, numeral 6, establece el derecho “a acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva”. Ante la pregunta, ¿qué debe hacer un periodista cuando una fuente oficial no quiere responder como contraparte? Trotti responde: “Este ejercicio es parte de la tensión natural que existe entre periodismo y poder público. Hay que insistir ante la fuente y tratar de obtener el dato de por qué la información no es de fácil acceso al público.

Luego constatar con el ordenamiento jurídico del país qué procedimientos se deben seguir para pedir la información que, si no está calificada oficialmente de secreta, debe estar disponible. El orden jurídico siempre establece, ya sea a través de una ley como la de acceso a la información pública, los mecanismos de procedencia para exigir la información. Estas leyes siempre en su reglamento han determinado la creación de una oficina pública donde requerir la información o como debe proceder cualquiera dependencia pública.

También se establecen sanciones para los funcionarios que nieguen la información. Y especialmente, lo que hay que hacer como periodista es contar le al público que la información ha sido pedida a tal fuente pública y la negativa de la misma. La denuncia pública siempre es buena para seguir generando confianza con el público. Es obligación ética del periodismo siempre reclamar que haya un mecanismo o una ley de acceso a la información pública”. El director de la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (Agetic), Nicolás Laguna, pide unificar esfuerzos para la construcción de la normativa de Acceso a la Información Pública.

“Esta ley se va a convertir en una necesidad nuestra, pero también en una necesidad de la población, porque si se usa la información pública también para proponer políticas públicas, para mejorar la calidad de vida y mejorar el destino del país, esta ley va a ser práctica y la tenemos que construir como una norma colectiva y de uso colectivo. Entonces, los servidores públicos necesitamos la participación de todos para agendar un mejor análisis y proyección de la información”, detalla Laguna en un acto público. Hace cinco años que esta ley se encuentra estancada. Fue la exministra Nardy Suxo quien la sugirió y la puso en debate.

La exautoridad recuerda que esta norma no fue diseñada para periodistas y que hubo un bloqueo por parte del gremio periodístico para su aprobación. “Esa no fue una ley para los periodistas o para los comunicadores, fue un proyecto de ley para el ciudadano de a pie. El ciudadano que no tiene la posibilidad de acceder a ningún tipo de información.

Este proyecto es, sobre todo, para aquella persona que quiera saber que está pasando con el Estado, con el Gobierno, con los proyectos y con los recursos económicos”, recuerda Suxo. En el análisis del periodista Andrés Gómez, director del portal Rimay Pampa, este proyecto no es necesario referente al acceso a la información, ya existe, detalla, normativas jurídicas para este fin como el artículo 21 y el 109 de la Constitución. Por ejemplo, este último dicta que todos los derechos recocidos en la Carta Magna, incluyendo el derecho a la información, no necesitan de ninguna ley para su aplicabilidad.

“Hay 11 artículos en la Constitución que hablan del derecho a la información. Ningún artículo prohíbe el acceder a la información, ni siquiera señala excepciones a la información pública. Hay excepciones si se trata de la vida privada y hay un artículo que limita la información, pero no de los ciudadanos, sino del funcionario público”, remarca Gómez. La periodista e historiadora Lupe Cajías, lamenta que la cultura del secretismo sea muy fuerte en Bolivia.

Cultura del secretismo

SEGÚN LA SOCIEDAD INTERAMERICANA DE PRENSA (SIP)

Los países de las Américas que cuentan con leyes de acceso a la información son: Argentina (2016), Antigua y Barbuda (2004), Belice (1998), Brasil (2011), Canadá (1983), Chile (2000), Colombia (2014), El Salvador (2012), Estados Unidos (1966), Guatemala (2009), Guyana (2013), Honduras (2006), Jamaica (2003), México (2002), Nicaragua (2008), Panamá (2007), Paraguay (2015), Perú (2002), Repú- blica Dominicana (2005), St. Vincent (2003), Trinidad & Tobago (1999), Uruguay (2008). En Ecuador había sido aprobada en 2004, pero quedó eliminada con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Comunicación en 2013. En estos momentos esa Ley de Comunicación llamada ley mordaza, está siendo modificada. Bolivia no aparece en esta lista porque no cuenta con una ley de acceso a la información pública.

LAS TAREAS QUE QUEDAN, SEGÚN LUPE CAJÍAS

Este tema debe ser alimentado por el accionar desde la sociedad civil. Se hace imprescindible alentar movilizaciones que logren finalmente arrancar al Gobierno una verdadera y oportuna ley de acceso a la información pública, la misma que debe ser implementada en toda la administración pública. Previsiones presupuestarias y de recursos humanos para los próximos años para el funcionamiento de las unidades de información. Contratación de profesionales en historia, bibliotecología, archivística para perfeccionar los archivos. Clasificación de la información y de los archivos para reconocer sus características de publicidad o reserva. Hasta cuándo dura la reserva, cuándo se la levanta. Formatos de solicitud, reglamentos internos, matrices de información. Monitoreo de portales, folletos, paneles y material informativo básico obligatorio según la ley. Permanentes talleres de sensibilización y diálogo con los ciudadanos.

OTROS DETALLES

La periodista Lupe Cajías también considera que las rendiciones de cuenta de los ministros son monólogos sobre obras puntuales, no sobre procesos y menos sobre resultados, como ya lo definía desde 1992 la propia Ley Safco que sigue vigente.

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