La CPE establece que el periodo de diputados y senadores se puede ampliar una sola vez de manera continua, mediante el voto. José Luis Santistevan señala que en caso que la ALP no se ponga de acuerdo, la presidenta Áñez está obligada a convocar a elecciones mediante Decreto Supremo

18 de noviembre de 2019, 19:13 PM
18 de noviembre de 2019, 19:13 PM

A casi una semana de la sucesión constitucional de Jeanine Áñez como presidenta de Bolivia, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aún no se ha puesto de acuerdo para designar a las nuevas autoridades del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y tampoco ha fijado fecha de las nuevas elecciones. Ante este particular, el abogado José Luis Santistevan, advirtió que la mandataria está obligada a convocar a elecciones, y que el periodo de los legisladores concluye el 22 de enero y no tienen opción para ampliarlo.

“La Constitución establece que el mandato de los asambleístas es de cinco años, que puede ser ampliado una sola vez de manera continua, pero debe ser a través del voto”, explicó Santistevan. 

La situación de Áñez es distinta, según el constitucionalista, ya que no puede dejar la Presidencia de Bolivia hasta entregar el mandato a las próximas autoridades elegidas a través del voto. 

“No puede realizar abandono de funciones, tomando en cuenta que su función es vital para el normal desenvolvimiento del Estado debe esperar a las nuevas autoridades que sean posesionadas”, explicó. 

Por otra parte, el jurista explicó que Áñez está obligada por la Constitución a convocar a elecciones y nombrar a los integrantes del TSE por Decreto Supremo, porque la ALP, que es la instancia que debería hacerlo, no se pone de acuerdo. 

“La ALP se está volviendo disfuncional por voluntad propia, no acompaña el proceso democrático y no puede convocar a elecciones cuando le dé la gana. En esta circunstancia la presidenta está obligada a cumplir con la Constitución y llamar a un nuevo proceso electoral y designar al TSE”, aclaró. 

Santistevan resaltó que la coyuntura que se vive es ‘extraordinaria’. Por un lado, la presidenta tiene 90 días de plazo para convocar a elecciones; sin embargo, también la CPE establece que el mandato de los asambleístas y autoridades nacionales, tiene un plazo fijo que vence el 22 de enero.

Tags