Opinión

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La separación de poderes

27 de enero de 2020, 3:02 AM
27 de enero de 2020, 3:02 AM

El gobierno transitorio ha revalorizado no solo la institucionalidad del Estado boliviano sino además el principio de la separación de poderes. La regla de oro es que el legislativo, ejecutivo, judicial y electoral, han de estar equilibrados de manera tan armónica que ninguno pudiera predominar sobre los demás. Este principio busca garantizar la libertad, y que cada uno de esos poderes lleve a cabo las funciones básicas del Estado.

Con esta finalidad se instituye la ley a la que debe someterse la actividad de los órganos del Estado. La ley pretende conciliar la libertad de cada uno con la libertad de los demás, de manera que la ley indica a cada ciudadano hasta donde llega su libertad y qué es lo que no puede hacer. En el Estado liberal, el Parlamento era el órgano central, el que tenía encomendada la función más importante: legislar. Hoy la función más relevante es, sin duda, la que lleva a cabo el Ejecutivo. La razón de este protagonismo político se encuentra en que el Ejecutivo es el poder del Estado más ágil, el que se encuentra en mejores condiciones para decidir, para resolver los problemas de la vida social que reclaman respuestas rápidas y que un órgano concebido para la discusión y el debate, como es el Parlamento, no está en condiciones de ofrecer.

En el Estado liberal, la separación/división del poder se hacía a partir de las tres funciones materiales básica del Estado: administrar, legislar, juzgar y bajo un planteamiento un tanto rígido y mecanicista propio de la época en que se gestó. Hay una realidad política, la “mayoría gobernante”, que es la que ha obtenido el respaldo electoral, que forma gobierno y dirige con mayor o menor dificultad lo que desde luego no es irrelevante, la acción legislativa.

La ausencia no ya de separación, sino de contrapeso entre los poderes, articulados ahora en torno a una realidad política común, no tiene por qué suponer, necesariamente, un riesgo de extralimitación o de abuso de poder. Al margen de la clásica separación de poderes, existen tres tipos más de controles: jurídicos, políticos y sociales. Los controles jurídicos son los que ejerce el Tribunal Constitucional; los políticos son los que ejerce la oposición política; y los controles sociales se ejercen sobre todo por los medios de comunicación como principales creadores de opinión pública.

Las nacientes repúblicas estuvieron fuertemente influenciadas por la teoría de la separación de poderes y la soberanía popular. La idea central del Estado de Derecho será el sometimiento del Estado a la ley que él mismo impone, ley que es obligatoria para todos, gobernantes y gobernados, en igualdad de condiciones, con plenas garantías para las personas que tienen que saber que existen mecanismos legales idóneos y eficaces que, llegado el caso que el poder público lesione alguno de sus derechos, puede ponerlos en marcha para la reparación de los mismos. Este tipo de Estado busca que el pueblo ejerza la titularidad del poder público eligiendo a sus representantes en las urnas, controlando la labor que ellos realizan e interviniendo directamente en la toma de decisiones siempre que no se desconozcan los derechos de las minorías.

La Constitución de 2009, según sus mentores, supone un tránsito del Estado legal de Derecho al Estado Constitucional de Derecho. Con esta última expresión, se alude a aquel modelo de Estado que se caracteriza por la sujeción de los poderes públicos al ordenamiento jurídico. De ahí que sus normas, valores y principios constituyen el marco general básico del que se deriva y fundamenta el resto del ordenamiento jurídico. La Constitución de este modelo “ya no es un trozo de papel o un mero documento político, un conjunto de directrices programáticas dirigidas al legislador, sino una auténtica norma jurídica con eficacia directa en el conjunto del ordenamiento”.

Con el gobierno de transición se ha revalorizado no solo la Constitución y el principio de la separación de poderes, sino también los controles y la coordinación entre el ejecutivo y el legislativo, algo inexistente en los 14 años del régimen de Evo Morales.

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