Ampliará dominios en la Ley 154 de 2011 para nuevos tributos y así beneficiar a las regiones. Analista pide cuidar doble imposición y sobrecarga tributaria a sector formal

5 de marzo de 2020, 3:00 AM
5 de marzo de 2020, 3:00 AM

El Ministerio de Economía redacta un proyecto de ley que contempla la distribución de dominios tributarios a los niveles subnacionales. Con esta nueva normativa que ampliará los dominios en la Ley 154 de 2011, las gobernaciones y los municipios podrán crear nuevos impuestos que beneficien específicamente a las regiones.

“Estamos elaborando una nueva norma de distribución de dominios tributarios que es parte del inconcluso pacto fiscal que no se dio en su momento. En este caso, estamos hablando de darles dominio tributario para que ellos hagan todo el esfuerzo recaudatorio, de fiscalización, de control, etc. A escala departamental, solo hay un impuesto que desde hace un par de años están recaudando la transferencia gratuita de bienes y claramente es insuficiente. Estamos analizando cuáles otros podrían reforzar estas recaudaciones de ingresos propios de gobernaciones y municipios”, indicó a EL DEBER, el viceministro de Política Tributaria, Sergio Villarroel.

Denotó que la ampliación de la Ley 154 (Ley de Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la Creación y/o Modificación de Impuestos de Dominio de los Gobiernos Autónomos), no es lo mismo que las transferencias que son tributos que recauda a escala nacional y después se les traspasa a los gobiernos subnacionales. Es el caso del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) y de la Coparticipación Tributaria.

La ley se aprobará el próximo mes y especificará qué acciones pueden gravar. En anteriores normativas, los municipios tienen dominio tributario de bienes inmuebles, de propiedad de vehículos y transferencia de ambos.

La Ley 154 que se espera modificar ampliando los tributos, en su artículo 7, establece que los gobiernos autónomos departamentales podrán crear impuestos en la sucesión hereditaria y donaciones de bienes inmuebles y muebles sujetos a registro público; en la propiedad de vehículos a motor para navegación aérea y acuática; y en la afectación del medioambiente, excepto las causadas por vehículos automotores y por actividades hidrocarburíferas, mineras y de electricidad; siempre y cuando no constituyan infracciones ni delitos.

Sobre el anteproyecto de ley que busca modificar el actual Código Tributario boliviano denominado ‘nuevo perdonazo’, Villarroel señaló que reducirá la prescripción de los controles impositivos de ocho a cuatro años, eliminará las multas y reducirá los intereses, entre otros beneficios, para que los contribuyentes regularicen sus deudas tributarias.

Según el viceministro, si el contribuyente se acoge a la medida y paga su deuda en efectivo se beneficiará con un 2% de interés y 4% si abona a través de un plan de pagos, sobre la base de una fórmula de interés simple y no compuesto como en el pasado.

La norma plantea no tomar en cuenta el mantenimiento de valor de las deudas que normalmente se actualiza sobre la base de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV), lo que es una carga extra para el contribuyente.

A decir del ministro de Economía y Finanzas Públicas, José Luis Parada, la propuesta no tiene el principal objetivo de recaudar más tributos, si no busca dar seguridad jurídica a los contribuyentes.

Para el analista tributario Jorge Zogbi, el único tema que se debe cuidar es que no haya una doble imposición o sobrecarga tributaria al sector formal. “En la medida en que el tributo a ser creado sea de carácter universal, con alcance para todos, no solamente a un sector, bienvenido porque las recaudaciones deben retornar a la población en obras”, apuntó.

Nada oficial

Con respecto al proyecto de ley que ampliará los dominios en la Ley 154 de 2011 para que las gobernaciones y los municipios creen nuevos impuestos para beneficiar a las regiones, desde la Secretaría de Recaudaciones y Gestión Catastral (SER) de la Alcaldía de Santa Cruz señalaron que no hay nada oficial al respecto.

A su vez, Andrés Meyer, director de la Agencia Tributaria departamental de la Gobernación de Santa Cruz, señaló que a la fecha no recibieron formalmente el proyecto de la Ley 154 e hizo notar que actualmente cobran el impuesto departamental a la transmisión gratuita de bienes.

Mirada empresarial

La Cámara Nacional de Industrias (CNI), a través de su presidente Ibo Blazicevic, expresa que la reducción de la prescripción tributaria de 10 a 4 años constituye un alivio fiscal para las empresas que en los últimos años sufrieron sobrefiscalización y ‘persecución’ de la administración tributaria.

A su juicio, la modificación de plazos de la prescripción reducirá los costos de almacenamiento de información tributaria y costos asociados (personal) destinados a atender los procesos tributarios, que restan competitividad a las compañías nacionales frente a terceros países.

Blazicevic reiteró que el ‘perdonazo tributario’ que plantea el Viceministerio de Política Tributaria constituirá un alivio fiscal a las empresas y permitirá a las mismas liberar recursos destinados al pago de tributos. Sin embargo, asegura que, si bien es una medida de respiro, es también una acción de no incentivo al cumplimiento en tiempos y plazos por parte de las empresas que cumplen con sus obligaciones disciplinadamente.

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