La Cámara Alta aprobó el diferimiento de pago créditos. También la reducción temporal de pago de servicios básicos. Elevó a rango de ley los decretos emitidos por el Ejecutivo sobre el coronavirus

27 de marzo de 2020, 16:51 PM
27 de marzo de 2020, 16:51 PM

La Ley Excepcional de Diferimiento de Pagos de Créditos y Reducción Temporal de Pago de Servicios Básicos y la Ley para la Prevención, Contención y Tratamiento de la Infección por el Coronavirus (Covid-19), son las dos normas que fueron sancionadas esta tarde por la Cámara de Senadores, en el último día hábil de la semana.


En el caso de la primera norma, es una ley del perdonazo para los deudores a la banca y los servicios básicos. Esta norma instruye a la Asfi a elaborar disposiciones correspondientes para que los bancos dispongan de un diferimiento de seis meses, después del levantamiento de la cuarentena, para el pago de crédito y capital de los préstamos que adquirieron los ciudadanos.


La ley prohíbe el anatocismo, es decir el cobro de multas sobre los intereses de mora derivados del no pago de los préstamos. También señala que este diferimiento debe ser automático.


Lo mismo sucede con los servicios básicos, la ley señala que todas las empresas públicas y privadas, además de las cooperativas. deben seguir prestando servicios mientras dure la cuarentena dictada por el Gobierno y las facturas deben ser diferidas mientras dure la restricción.


Se reduce el pago mensual de los servicios al 50%  y se otorgan tres meses de plazo para el pago de la mora de servicios, en tanto dure la emergencia.

La ley instruye al Ejecutivo que elabore el reglamento en un plazo de dos días, aunque el Gobierno se adelantó en este tema.


Los servicios

Poco después, los mismos senadores aprobaron por unanimidad la ley que autoriza el gasto estatal para atender la emergencia del coronavirus. Básicamente eleva a rango de ley los decretos que lanzó el Ejecutivo en este tiempo de crisis, desde la declaración de cuarentena hasta el financiamiento de toda la atención para los pacientes afectados por el Covid-19.


Esta ley concede el amparo legal correspondiente a los tres decretos que emitió el Gobierno de Jeanine Añez. El Senado, sin embargo, añadió un artículo, el 10 que abre la posibilidad de recurrir a la medicina tradicional para combatir esta enfermedad.

“El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, podrá recurrir a la medicina tradicional para la prevención y contención de la infección por el Coronavirus”, señala el artículo.

Luego los senadores aprobaron una resolución mediante la cual se puede sesionar a través del servicio de internet.