El anterior DS 4198 del 18 de marzo de 2020 amplió inicialmente el plazo de vencimiento para el pago de este impuesto, de la gestión fiscal 2019, debido a la emergencia sanitaria nacional

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28 de mayo de 2020, 19:17 PM
28 de mayo de 2020, 19:17 PM

El Órgano Ejecutivo, mediante Decreto Supremo (DS) 4249 prorrogó hasta el 31 de julio el plazo de vencimiento para el pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) de la gestión cerrada al 31 de diciembre de 2019. Los favorecidos son los contribuyentes categorizados por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) como 'Resto'.

El anterior DS 4198 del 18 de marzo de 2020, había ampliado inicialmente el plazo de vencimiento para el pago de este impuesto, de la gestión fiscal 2019, debido a la emergencia sanitaria nacional. En dicho decreto se admite inclusive el pago de 50% y el saldo en tres cuotas mensuales sin mantenimiento de valor, intereses ni garantías.

El DS 4249 dispone también que, en caso de presentarse diferencias entre lo pagado hasta el 29 de mayo y lo declarado en sus estados financieros en julio, se podrán rectificar las declaraciones sin multas, mantenimiento de valor ni intereses.

Con relación a la situación de los Grandes Contribuyentes (Graco) y Principales Contribuyentes (Pricos), el Viceministro de Política Tributaria, Sergio Villarroel, manifestó que estos sectores pueden pagar el impuesto hasta este viernes 29 de mayo, ya sea la totalidad o solamente el 50%, a través de las plataformas informáticas del SIN, como habitualmente lo hacen, pudiendo acogerse, además, a la rectificación de sus pagos sin multas, mantenimiento de valor ni intereses hasta julio.

La categorización de contribuyentes como 'Resto' está en función a las características administrativas definidas por el ente recaudador, habiéndose identificado que dicho segmento requiere de un plazo adicional para poder cumplir con sus obligaciones.

En julio, estos contribuyentes podrán cancelar todo el impuesto o el 50% del mismo y el saldo en tres pagos hasta octubre de 2020.