El Decreto 4245 establece que, a partir de las cero horas del día lunes 1 de junio de 2020, se levanta la declaratoria de emergencia por la Pandemia del Covid-19

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29 de mayo de 2020, 17:29 PM
29 de mayo de 2020, 17:29 PM

Con el Decreto 4245, el Gobierno determinó levantar la emergencia sanitaria nacional por la pandemia del Covid-19 que se aplicó desde el 17 de marzo de 2020 (DS 4196). El constitucionalista José Luis Santisteban, señala que este levantamiento impactará en las actividades económicas y sobre todo, observa que con este decreto y anteriores normativas, el Gobierno ha venido transfiriendo responsabilidades a los gobiernos subnacionales, como gobernaciones y municipios, sin ningún apoyo económico.

El Decreto 4245 establece que, a partir de las 00.00 horas del día lunes 1 de junio de 2020, “se levanta la declaratoria de Emergencia por la Pandemia del Coronavirus” y se inician las tareas de mitigación para la ejecución de los planes de contingencia por la pandemia de los gobiernos subnacionales, en el marco de la Ley 602.

Aclara que el país continúa con la cuarentena nacional, condicionada y dinámica hasta el 30 de junio de 2020, según las condiciones de riesgo en las jurisdicciones de las diferentes regiones del país.

Durante la vigencia de la cuarentena nacional, condicionada y dinámica se mantienen el cierre de fronteras aéreas, terrestres, fluviales y lacustres. La suspensión de vuelos internacionales; la suspensión temporal de clases presenciales en todos los niveles y modalidades educativas; la suspensión de eventos públicos, entre otros puntos.

Responsabilidades

Santisteban opinó que el levantamiento de la emergencia sanitaria, va a pesar en las normativas que tengan que ver con los pagos de créditos, diferimientos, entre otras cuestiones económicas y laborales.

Pero lo que más le preocupa, son las responsabilidades transferidas, sin recursos de parte del Gobierno.

“Por mandato del artículo 11 del Decreto 4245, las gobernaciones y municipios tienen la obligación de establecer el nivel de riesgo alto, medio o bajo. Y también dar respuesta a los requerimientos de la pandemia. Eso me preocupa porque las alcaldías no son rectoras pero tampoco tienen las condiciones para atender cualquier requerimiento o lo que el decreto lo llama ‘capacidad de respuesta’ para la atención de personas contagiadas”, sostuvo el jurista a EL DEBER.

Afirmó que no hay municipios que tengan hospitales de tercer nivel, salvo las capitales, como La Paz, Santa Cruz, etc, y que las demás regiones van a tener problemas para cumplir con la normativa.

“El decreto es importante en la medida en que se distribuyan las condiciones y recursos económicos. Las alcaldías están con una iliquidez, igual que las gobernaciones. Sus ingresos propios han estado cerrados, el Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) está por los suelos, igual que la coparticipación. Lo que sí veo es que el Gobierno ha distribuido responsabilidades, algunas competencias, pero no les ha transferido condiciones ni recursos”, expresó.

Otras normas que asignan responsabilidades

Santisteban también señala el Decreto 4174 del 4 marzo de 2020, que autoriza al Ministerio de Salud y a las entidades territoriales, asumir las responsabilidades de la lucha contra el Covid-19, “sin transferirles recursos a los gobiernos autónomos”, sino que los recursos los centralizó “en el Ministerio de Salud y la Central de Abastecimiento y Suministros de Salud (CEASS).

También recordó el decreto 4229 del 29 abril, donde establece que la información y determinación de condiciones de riesgo, corresponde a las alcaldías y a los Servicios Departamentales de Salud (Sedes), con lo que, las alcaldías pueden encapsular determinados barrios, distritos, municipios o departamentos, a fin de precautelar la salud de los habitantes y evitar el contagio y la propagación del coronavirus.

Además, cuestiona el hecho de que se rompa la autonomía de los gobiernos subnacionales, con el Decreto 4200 del 25 marzo, donde establece que los Sedes, de manera excepcional y temporal, podrán pasar a dependencia del Ministerio de Salud, y se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas realizar las modificaciones presupuestarias.