Algunos municipios en Santa Cruz realizaron bloqueos exigiendo la aprobación a esa norma y esperan más recursos del Estado. La norma suspende de manera temporal el Fondo de Inversión FIEEH hasta la finalización de la declaratoria de emergencia.

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3 de junio de 2020, 18:12 PM
3 de junio de 2020, 18:12 PM

La Cámara de Diputados aprobó la tarde de este miércoles el proyecto de ley 179/2019-2020 (Ley de recuperación del 12% del IDH para las entidades territoriales autónomas y las universidades)

La norma redistribuye el uso de estos recursos, a favor de gobernaciones, municipios y universidades, que estaban destinados a la inversión de exploración y explotación de hidrocarburos. Con la norma aprobada en grande y en detalle, que está lista para su promulgación, esos fondos económicos se dispondrán para infraestructura, pruebas rápidas y equipamiento para combatir el coronavirus en el país.

Algunos municipios en Santa Cruz, realizaron bloqueos de carreteras exigiendo la aprobación de esa norma y en espera de recibir más recursos del Estado.

Según la Asamblea Legislativa, existe un acumulado de $us 500 millones que seguirán siendo destinados para la exploración y explotación de hidrocarburos. Lo que se pretende es entregar temporalmente el 12% de ese monto a las entidades territoriales autónomas y universidades para que ese dinero lo destinen a combatir el Covid-19.

Es así que el Proyecto de Ley 179/2019 establece que el 50% de los recursos recuperados será para actividades de prevención, atención y contención del Covid-19, equipamiento de hospitales y la compra de pruebas rápidas. El 25% se destinará a la provisión de alimentos para la población y el restante 25% al fortalecimiento de la producción local.

Además, las universidades públicas deberán contribuir directamente con las actividades de prevención, atención y contención del coronavirus, equipamiento de hospitales universitarios y la compra de pruebas rápidas.

El 1 de diciembre de 2015, se promulgó la Ley 767 (Ley de Promoción para la inversión en exploración y explotación de hidrocarburos) para promocionar las inversiones que permitan incrementar las reservas y producción en el país. La normativa crea el Fondo de Promoción a la Inversión en Exploración y Explotación Hidrocarburífera (FPIEEH) para dicho cometido.

En el artículo 12 de la Ley 767 se establece que el FPIEEH se financiará con el 12% de los recursos provenientes del IDH, antes de la distribución a las Entidades Territoriales Autónomas, Universidades Públicas y todos los beneficiarios previstos, percibidos a partir del mes de enero de la gestión 2016. Este artículo se suspende de manera temporal hasta la finalización de la declaratoria de emergencia.