En su momento, el ministro de Defensa fue objetado por el Legislativo y después volvió a reasumir funciones. La mayoría del MAS en la Asamblea promueve la normativa

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15 de julio de 2020, 9:44 AM
15 de julio de 2020, 9:44 AM

Un proyecto de ley aprobado por la Cámara de Senadores en las últimas horas establece que un ministro que sea censurado por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), conforme a la Constitución Política del Estado (CPE), deberá ser destituido por el presidente del Estado en un plazo de 24 horas y no podrá volver a ser posesionado en los tres años posteriores.

La norma, promovida por la mayoría del MAS, tiene como objeto regular los efectos de la censura realizada por diputados y senadores, para “resguardar la gestión transparente, eficiente y efectiva del Ejecutivo, para beneficiar a la población, precautelando el cumplimiento de las decisiones asumidas por el parlamento”.

En su artículo 3 el proyecto de ley señala que el jefe de Estado cuenta con un máximo de 24 horas, tras haber conocido de manera formal sobre la censura, para destituir al ministro o ministra, no pudiendo posesionarlo nuevamente hasta los tres años posterior a su destitución.

Tras su aprobación, el proyecto de ley fue remitido a la Cámara de Diputados para su revisión.

Cabe recordar que hace algunos meses la mayoría de los legisladores del “instrumento político” censuraron al ministro de Defensa, Fernando López, por no acudir a varias solicitudes de interpelación, pero, días después, la presidenta Jeanine Áñez lo restituyó en su cargo.