Senado aprueba ley que impide que un ministro censurado sea posesionado nuevamente
En su momento, el ministro de Defensa fue objetado por el Legislativo y después volvió a reasumir funciones. La mayoría del MAS en la Asamblea promueve la normativa
Un proyecto de ley aprobado por la Cámara de Senadores en las últimas horas establece que un ministro que sea censurado por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), conforme a la Constitución Política del Estado (CPE), deberá ser destituido por el presidente del Estado en un plazo de 24 horas y no podrá volver a ser posesionado en los tres años posteriores.
La norma, promovida por la mayoría del MAS, tiene como objeto regular los efectos de la censura realizada por diputados y senadores, para “resguardar la gestión transparente, eficiente y efectiva del Ejecutivo, para beneficiar a la población, precautelando el cumplimiento de las decisiones asumidas por el parlamento”.
En su artículo 3 el proyecto de ley señala que el jefe de Estado cuenta con un máximo de 24 horas, tras haber conocido de manera formal sobre la censura, para destituir al ministro o ministra, no pudiendo posesionarlo nuevamente hasta los tres años posterior a su destitución.
Tras su aprobación, el proyecto de ley fue remitido a la Cámara de Diputados para su revisión.
Cabe recordar que hace algunos meses la mayoría de los legisladores del “instrumento político” censuraron al ministro de Defensa, Fernando López, por no acudir a varias solicitudes de interpelación, pero, días después, la presidenta Jeanine Áñez lo restituyó en su cargo.