El debate en el Legislativo concluyó, pero -según la Policía-, 15 puntos de bloqueo persisten solamente en la carretera La Paz-Oruro. El MAS dice que eso pasa sólo en el occidente, mientras que el oficialismo pide "voto castigo" para el partido de Evo Morales.

13 de agosto de 2020, 13:19 PM
13 de agosto de 2020, 13:19 PM

La Cámara de Diputados sancionó este jueves, pasado el mediodía, la Ley de las Elecciones, que establece que la fecha máxima de realización de los comicios nacionales es el 18 de octubre. 

Pese a ello, los bloqueos en el país no se han desactivado completamente. De hecho, mientras los diputados realizaban el tratamiento de la ley, el corte de la ruta La Paz- Oruro se mantenía. Según la Policía,  hay15 cortes de ruta que impiden el paso de vehículos.

El diputado del MAS, Édgar Montaño, advirtió que sólo con la aprobación en Senadores, los bloqueos se levantaron en Santa Cruz y en otras regiones. El legislador instó a la Central Obrera Boliviana y a los dirigentes del Pacto de Unidad a que cumplan con su parte y procedan al desbloqueo de las carreteras en el occidente del país.

Mientras, su colega de Demócratas, Shirley Franco, advirtió que espera que esta norma pacifique el país. “La única condición para que se apruebe esta ley es la inmediata desmovilización de todos los bloqueos”. Además, manifestó que eso no implica que quienes hubieran causado muertes por impedir el paso de oxígeno queden impunes. “El MAS recibirá el voto castigo del pueblo por atentar contra la salud", acotó.

En su primer artículo, la nueva norma indica que se amplía el plazo para la realización de los comicios “a 169 días computables a partir del 3 de mayo de 2020, por lo que el plazo máximo para la realización de las elecciones será hasta el domingo 18 de octubre de 2020”.

Precisa que, por la declaración Constitucional Plurinacional 001/2020 del 15 de enero de 2020 sobre la Ley Excepcional de Prórroga del Mandato Constitucional de Autoridades Electas, “el plazo fijado por la presente ley no puede ser modificado”.

La ley establece que “el Ministerio Público de oficio iniciará proceso penal contra quienes, por cualquier medio, pretendan cambiar o cambien la fecha definitiva, impostergable e inamovible de las elecciones a realizarse hasta el domingo 18 de octubre de 2020”.

También emplaza al Ejecutivo a garantizar los recursos económicos para la realización de las elecciones en la fecha que fije el Tribunal Supremo Electoral (TSE), tanto para las actividades del calendario electoral, como para las medidas de bioseguridad en la jornada de votación.

Modifica algunos artículos de la Ley 026 del Régimen Electoral y 018 del Órgano Electoral, fijando que las excusas de los jurados electorales serán: el de enfermedad probada, estado de gravidez, fuerza mayor o caso fortuito comprobado documentalmente, ser dirigente o candidato de alguna organización política.

Explica que quedan exentas de las sanciones por no votar aquellas personas que no lo pudieron hacer por caso fortuito o fuerza mayor comprobada con documento, las personas mayores de 70 años y las personas que estuvieron ausentes del territorio nacional en el día de la votación.

Se amplía el plazo de adecuación de estatutos de las organizaciones políticas hasta el 31 de diciembre de 2021. Se mantiene todas las demás disposiciones fijadas en la Ley 1304.