De momento, la transitabilidad está permitida en los municipios de Cobija, Guayaramerín, San Matías y Puerto Suárez. Quien quiera ingresar al país debe mostrar su prueba PCR a coronavirus negativa, además de los tradicionales requisitos migratorios

El Deber logo
1 de septiembre de 2020, 17:33 PM
1 de septiembre de 2020, 17:33 PM


Tras lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 4314 de posconfinamiento, que rige a partir del 1 de septiembre, el Gobierno autorizó el ingreso y transitabilidad de bolivianos y extranjeros, así como la actividad comercial en los municipios de Cobija, Guayaramerín, San Matías y Puerto Suárez.

La medida fue anunciada este martes, a través de un comunicado conjunto de los ministerios de Relaciones Exteriores, de Gobierno y de Defensa.

"Municipios adicionales serán agregados a esta lista una vez que los Estados o municipios aledaños garanticen el tratamiento recíproco a los ciudadanos bolivianos, previa coordinación a través de la Cancillería", señala un comunicado público emitido este martes.

La disposición especifica que la transitabilidad de personas extranjeras y nacionales está sujeta al cumplimiento obligatorio de los requisitos de bioseguridad tal como lo establece el Estado boliviano, en el Decreto Supremo Nº 4314/20.

Este decreto manda que los bolivianos, extranjeros residentes en Bolivia, personas pertenecientes a misiones diplomáticas, misiones especiales, organismos internacionales, especialistas y técnicos en diferentes áreas, que quieran ingresar a territorio nacional vía terrestre, fluvial y lacustre, deberán presentar en los puntos de control migratorio, además de los requisitos formales de ingreso, la certificación de la prueba de análisis (PCR) específica para Covid-19, con resultado negativo.

Esta prueba debe ser únicamente otorgada por un laboratorio legalmente establecido en el país de origen con una vigencia no mayor a siete (7) días a la fecha programada de ingreso y visada por el Consulado Boliviano respectivo.