Es la primera vez que la justicia sanciona el delito de quemas. Uno de los acusados fue remitido a Palmasola

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2 de octubre de 2020, 8:05 AM
2 de octubre de 2020, 8:05 AM

Por primera vez en Bolivia, se sancionó judicialmente a los autores de quemas ilegales. Tras la audiencia realizada ayer por el Juzgado Público Mixto, Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal 1ro de Roboré, se dictó la sentencia inculpatoria.

La sentencia implica a dos personas aprehendidas en flagrancia por funcionarios de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Boques y Tierra (ABT) que fueron sorprendidos iniciando el fuego en inmediaciones de la colonia Menonita Valle Verde, del municipio San José de Chiquitos.

El director ejecutivo de la ABT, Victor Hugo Áñez Bello, informó que uno de ellos, Martín Sare Saucedo (31), fue sentenciado a tres años de prisión por el delito de incendio, mientras que el segundo acusado, Víctor Hugo Pizarro Garrido (61), por ser de la tercera edad y haber actuado en complicidad, a dos años, bajo el perdón judicial.

Áñez explicó que la ABT acudió al lugar del hecho, ante una denuncia de otros comunarios, por lo que se pudo sorprender a los infractores en pleno acto. Uno de ellos mantenía un encendedor para realizar la quema a la orilla de un camino principal. Los hechos corresponden al 29 de septiembre en torno a las 14:00 horas. 

El director ejecutivo de la ABT agregó que los sentenciados, con su accionar doloso, han atentado contra bienes jurídicamente protegidos, como la salud, la fauna silvestre y los bosques. El director jurídico de la institución asumió el seguimiento a las acciones legales de este proceso.

La audiencia se llevó a cabo en Roboré, porque el Juzgado de San José de Chiquitos, teniendo conocimiento de la causa, hasta la tarde del día de ayer no abrió sus puertas para realizarla, situación que nos sorprende, porque son los llamados a realizar la labor judicial por ley, teniendo conocimiento de los tiempos judiciales”, cuestionó Áñez.

La normativa

El artículo 206 del Código de Procedimiento Penal establece, que se incurrirá en privación de libertad, de dos a cuatro años, cuando la persona que con el objeto de quemar sus campos de labranza o pastoreos, ocasionare un incendio que se propague y produzca perjuicios en propiedad ajena.

Alerta permanente

El director ejecutivo de la ABT brindó un informe sobre las diferentes comisiones que tiene desplegadas en el territorio nacional para coadyuvar en los incendios forestales activos como Postrervalle, Incahuasi y Macharetí.

Áñez informó que en el país existen 30 incendios en los que de manera mancomunada se está operando con las instituciones de los diferentes niveles del Estado y comunarios para aplacarlos.