Para el exministro Guillén "esta campaña iniciada en contra de esta ley, lleva a pensar que existen personas a quienes les incomoda su promulgación, seguramente porque tienen algo que ocultar y se han dado a la tarea de alarmar a la gente"

7 de octubre de 2021, 21:49 PM
7 de octubre de 2021, 21:49 PM

El exministro de Economía, Mario Guillén, afirmó que la Ley contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas cumple con los lineamientos de la Constitución Política del Estado (CPE) y busca adecuarse a estándares internacionales establecidos por el Grupo de Acción Financiera (GAFI),
Según Guillen, es totalmente falso que esta sea una norma parecida a Venezuela.

"Si se analiza, la normativa es parecida a todos los países. Esta campaña iniciada en contra de esta ley, lleva a pensar que existen personas a quienes les incomoda su promulgación, seguramente porque tienen algo que ocultar y se han dado a la tarea de movilizar a supuestos analistas económicos y jurídicos como a dirigentes afines a ellos para alarmar a la gente, inculcando miedo a través de mentiras e interpretaciones malintencionadas sobre el alcance de la ley", respondió la exautoridad.

Asimismo, Guillen se refirió a los principales puntos que se cuestionan y que se interpretan de mala manera.

El exministro indicó que en el proyecto de Ley no se menciona la eliminación del secreto profesional y lo que establece es que para el requerimiento de información por parte de la UIF no se podrá invocar secreto profesional.

"Este artículo lo que busca es eliminar que algunos profesionales se abstengan de otorgar información argumentando secreto profesional. Por ejemplo, en la profesión de abogados, ellos deben guardar confidencialidad sobre todo lo que un cliente le informe en el marco de la defensa judicial del mismo y eso no implica que el abogado deba callarse, no denunciar o negar información ante cualquier delito o falta que esta persona pueda cometer solo por el hecho de haber firmado un contrato", explicó.

Agregó que en el caso de otras profesiones es lo mismo y no están obligadas a otorgar información que está protegida por secreto profesional, pero eso no quiere decir que por ser cliente, este profesional no deba otorgar otro tipo de información o denunciar un delito, ya que eso equivaldría a encubrir.

Sobre el secreto bancario, Guillen mencionó que se malinterpreta y la CPE establece que las operaciones financieras de las personas gozarán de confidencialidad, lo que significa que las transacciones de alguien no serán públicas.

"Es decir, cualquier otra persona no podrá acceder a esta información, pero también establece los casos en que se puede acceder a esta información por parte de algunos entes del Estado (procesos judiciales, presunción de delitos financieros, investigación de fortunas y demás definidos en la Ley). En este caso, el acceso a la información se encuentra contemplado en la investigación de fortunas y también se puede definir en ley, tal como se estaría haciendo en este caso, por lo que cualquier comentario referido a la inconstitucionalidad, está fuera de lugar", sostuvo.

Al referirse a los sujetos obligados, el exministro dijo que al comienzo del artículo se menciona toda persona natural o jurídica y es que cualquier persona podrá ser designada sujeto obligado.

Pero el artículo posterior menciona a personas vinculadas al ámbito financiero y al final se añade otras designadas mediante resolución administrativa de la UIF.

Añadió que está claro que para ser sujeto obligado debe mediar previamente una Resolución Administrativa genérica que además establecerá los procedimientos y los casos en que cada sujeto designado reportará a la UIF sobre la operación sospechosa.

Por otro lado, Guillen aclaró que la creación del Consejo de Lucha Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas tiene las funciones de evaluar políticas, la coordinación entre órganos del Estado y la proposición de normas que coadyuven esta lucha, sin involucrarse en la labor operativa de la UIF.

La exautoridad se refirió también sobre el inicio de un proceso de investigación sin notificar al procesado y la aplicación.