El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP) aclaró este viernes que los jubilados que “momentáneamente” no percibirían la Renta Dignidad mientras continúen trabajando en el sector privado, alcanza solamente al 1 % del total de beneficiarios de la Renta Dignidad, es decir cerca de 12 mil rentistas.
En una misiva enviada a EL DEBER, el director general de Pensiones del MEFP, Miguel Ángel Ríos, explicó que el Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado (PGE) 2025 establece mecanismos que permitan destinar de manera más eficiente los recursos destinados para el pago a la Renta Dignidad y propone que quienes continúen percibiendo un salario, después de los 60 años, sea con recursos del Tesoro General de la Nación (TGN) o sector privado, “dejarán de percibir momentáneamente” este beneficio, lo cual no coarta su derecho a este beneficio.
“Por el contrario, en el momento en que dejen de recibir el salario (público o privado), inmediatamente se beneficiarán con el pago habitual de la Renta Dignidad. Este proyecto también plantea que sectores que reciben una pensión de jubilación con el 100% de su referente salarial, no se beneficien con la Renta Dignidad, al igual que accionistas, socios y/o directores de sociedades comerciales, como bancos, fondos de inversión y similares”, sostuvo Ríos.
Del mismo modo, resaltó que la propuesta no genera consecuencias negativas para los jubilados y rentistas mayores de 60 años, en su condición de trabajadores activos, puesto que perciben un salario mensual fijo que los excluye de ser parte de un sector vulnerable de lo población.
De acuerdo con datos de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, durante el primer semestre de la gestión 2024, un total de 1.195.606 personas en el país se beneficiaron con el pago de la Renta Dignidad. De estas, 948.947 (79,37 %) son No Rentistas y No Pensionados y 246.659 (20,63 %) son Rentistas y Pensionados.
El director general de Pensiones del MEFP remarcó que la Renta Universal de Vejez es un beneficio que se genera desde la Constitución Política del Estado, la Ley N° 3791, por lo que es obligación del Estado garantizar la continuidad de su pago asignando los recursos necesarios. “Asimismo, la Renta Dignidad fue creada con el objetivo fundamental de reducir la pobreza en la población adulta mayor, obteniendo resultados positivos en ese ámbito, los cuales está reflejado por distintos organismos internacionales”, agregó Ríos.
Recordó que, desde la promulgación de la Ley N°3791 de 28 de noviembre de 2007, los jubilados y trabajadores activos mayores de 60 años que tenían una remuneración contemplada en el PGN como trabajadores activos, ya estaban excluidos del pago de la Renta Dignidad, medida que no está siendo cambiada en el proyecto normativo.
“El objeto del Proyecto de Ley PGE 2025, es priorizar el pago de la Renta Dignidad, a quienes más lo necesitan, precisando que, una vez que cesen su actividad laboral como trabajadores activos, continuarán recibiendo normalmente este pago de forma mensual y vitalicia”, dijo, a tiempo de subrayar que se tiene previsto erogar, para la gestión 2025, aproximadamente Bs 5.529 millones, para el pago de la Renta Dignidad.
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