La libre importación de combustibles en Bolivia no será tarea sencilla. Según el nuevo reglamento promulgado bajo el Decreto Supremo N.º 5271, quienes deseen traer al país diésel o gasolina, ya sea para consumo propio o comercialización, deben cumplir hasta 31 pasos burocráticos específico.
Estos procedimientos incluyen registros obligatorios, revisiones técnicas y legales, pagos, y fiscalizaciones in situ, todos gestionados a través del sistema digital ED-6.
El marco normativo también impone estrictas restricciones en la cantidad autorizada de importación, que no puede superar lo establecido por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Además, se prohíbe a los surtidores comercializar combustibles subvencionados fuera de los canales aprobados.
En la actualidad, Bolivia atraviesa una escasez de combustible que afecta a todos los sectores económicos. En especial a los que requieren el diésel para sus procesos productivos, como el sector agrícola que anticipó que la falta de este producto podría afectar la seguridad alimentaria del país.
Ante esto, el Gobierno inicialmente dispuso la importación de combustible para los grandes consumidores, pero para el autoconsumo. Posteriormente, ante las colas en los diferentes surtidores el Gobierno, dispuso que las estaciones de servicio puedan adquirir combustible sin subvención.
Con esto se busca alivianar la subvención a los combustibles que realiza el Estado desde hace más de dos décadas.
Una de las prohibiciones que establece la reglamentación es que las estaciones de servicio que decidan importar gasolina o diésel, ya no podrán comercializar combustible subvencionado, que es distribuido por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB).
“Ningún surtidor que comercializa combustible subvencionado, puede comercializar combustible importado de privados. En este caso si una estación de servicio importa a su estación de servicio, no puede comercializar un producto (diésel y gasolina) subvencionado. Hay prohibiciones dentro del reglamento”, precisó el director de la ANH, Germán Gimenez.
Las empresas que quieran importar los combustibles deben seguir los siguientes procesos burocráticos:
Registro
El primer requisito para cualquier persona natural o jurídica que desee importar combustible es registrarse ante la Dirección General de Sustancias Controladas (DGSC).
Este proceso incluye completar un formulario en el sistema digital ED-6, donde se declara la intención de operar en el sector. Además, los solicitantes deben adjuntar documentos, como: el certificado SIREHIDRO, licencias de operación vigentes y croquis del lugar de almacenamiento. Una vez subida toda la información al sistema, el registro queda habilitado para los siguientes trámites.
Primera autorización previa de importación
Luego de obtener la autorización inicial es uno de los procesos más largos, con hasta 10 pasos específicos que garantizan el cumplimiento normativo.
Primero, el solicitante completa un formulario en el sistema ED-6 y adjunta documentos clave, como la resolución administrativa de la ANH y antecedentes legales. Luego, un inspector revisa la documentación en un plazo de un día hábil. Si existen observaciones, estas deben subsanarse en un máximo de dos días.
Posteriormente, el trámite pasa por revisiones técnicas, validaciones administrativas y jurídicas, hasta que el Viceministerio emite una resolución final, aprobando o rechazando la solicitud.
Autorizaciones posteriores
Para quienes ya tienen un registro previo, los trámites para nuevas importaciones se simplifican ligeramente, pero aún requieren pasos claros.
Además del formulario en el ED-6, los importadores deben presentar documentos adicionales, como la Declaración de Mercancía de Importación (DIM) y formularios de control de importaciones anteriores. Estos trámites retoman las etapas de revisión técnica y jurídica, culminando en la emisión de una nueva resolución administrativa.
Autorización de comercialización
Antes de comercializar el combustible importado, los administrados deben gestionar un permiso específico que implica siete pasos.
El procedimiento comienza con la presentación de un formulario en el sistema ED-6 y la subida de documentos, como precontratos de venta y comprobantes de pago.
Una vez asignado el trámite a un técnico, se realiza una revisión técnica y jurídica que concluye con la aprobación o rechazo del permiso de comercialización por parte del Viceministerio.
Verificaciones in situ
El último paso es la etapa de fiscalización; se realiza durante y después de los procedimientos de importación y comercialización, con cinco pasos clave para asegurar el cumplimiento de las normativas.
Inspectores de la DGSC visitan los lugares declarados de almacenamiento o uso del combustible para verificar la información proporcionada.
Además, solicitan documentos que acrediten la propiedad o el uso de los inmuebles y vehículos. Si se encuentran irregularidades, como excedentes no autorizados, se elabora un acta circunstanciada y se notifica a las autoridades correspondientes para acciones legales.
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