La abogada Betthy Sánchez La Fuente, expostulante al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) por el departamento de La Paz estuvo a punto de impedir la realización de la elección judicial de este domingo en ese departamento, pues presentó un amparo constitucional que pedía la media cautelar de suspender el acto eleccionario. Dos vocales de la Sala Constitucional de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, truncaron el propósito.
“Por tanto la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca resuelve denegar la tutela solicitada por Betty Sánchez La Fuente conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional”, dictó la vocal Paola Barrón Guzmán y negó la intención de la abogada paceña, en la audiencia que fue instruida nuevamente desde el TCP autoprorrogado.
El domingo se realizarán las elecciones judiciales parciales por decisión de los autoprorrogados del TCP, quienes decidieron la suspensión del proceso electoral en los departamentos de Santa Cruz, Cochabamba, Beni, Pando y Tarija, porque supuestamente no se cumplieron las reglas de preselección de candidatos.
Increíblemente, el 3 de diciembre, cuando se había declarado la vacación judicial y ya estaba encaminado el proceso de las elecciones judiciales la abogada Sánchez La Fuente presentó un amparo constitucional contra todo el proceso aduciendo que no se respetaron sus derechos porque habría obtenido un puntaje de 178 puntos cuando el mínimo era de 130 y no fue incluida en la fase de preselección.
La primera audiencia se realizó el 4 de diciembre pasado y las mismas vocales denegaron la petición de la abogada. Esta acudió al TCP pretendiendo que atiendan su caso y, como en anteriores oportunidades, dos autoprorrogadas, Isidora Jiménez Castro y Brígida Vargas Barañado revocaron esa decisión y conminaron a Sala Constitucional Segunda de Chuquisaca, dirigida por Paola Barrón Guzmán y Julia Ximena Andrade Rendón a revisar su decisión y pronunciarse sobre el fondo del caso.
La orden vino el viernes y no se pudo realizar la audiencia por falta de tiempo y fue trasladada a este sábado. Por tres horas, las partes fueron exponiendo su caso y las vocales hicieron notar que existe un principio de preclusión -que la fase cerrada no puede retrotraerse- y por tanto no se podía suspender las elecciones judiciales en La Paz.
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