Un Decreto Supremo considera a la población Lesbiana, Gay, Bisexual y Transexual como 'promiscua'. Existe polémica por la aplicación de la Ley de Identidad de Género

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29 de junio de 2016, 11:12 AM
29 de junio de 2016, 11:12 AM

El Defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, inició acciones para revertir la aplicación del Decreto Supremo 24547 de 1997, que prohíbe a las personas con diferente orientación sexual o identidad de género puedan donar sangre, lo cual se constituye en un acto de discriminación que atenta contra la dignidad de este grupo poblacional.

La autoridad, de acuerdo a información oficial, informó que en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales realizó un análisis y un informe, el cual incluye recomendaciones que fueron remitidas a la máxima autoridad del Ministerio de Salud para que instruya la recepción de donaciones de sangre de toda persona sin ningún tipo de discriminación.

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“Se ha solicitado a la Ministra de Salud que instruya que el personal de salud de cualquier centro médico, público o privado, pueda recibir donaciones de sangre sin que exista de por medio obstáculos indebidos de orden legal, por cuanto la Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación establece claramente las acciones de orden penal ante actos discriminatorios y, más aún, cuando estos provienen de parte de servidores públicos, sin que esto signifique que no se apliquen los protocolos correspondientes”, manifestó.

Explicó que se busca el resguardo del derecho a la igualdad y a la no discriminación que actualmente sufre la población de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales, Transgénero e Ingersexuales (LGBTI) al momento de donar sangre, intención que se les niega bajo el argumento de la aplicación del del Decreto que los excluye por estar señalados como “promiscuos” y excluidos de ser donantes.

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El Defensor recordó que la Constitución y la Ley contra el Racismo establecen la prohibición de realizar actos discriminatorios fundados en razones de orientación sexual e identidad de género, entre otras formas. “El Estado tiene la obligación de garantizar a todas las personas y colectividades, sin discriminación alguna, el libre y eficaz ejercicio de los derechos establecidos en esta Constitución, las leyes, Convenios y Tratados internacionales de derechos humanos”, remarcó.