Las medidas dispuestas y aprobadas se aplicarán a los alquileres pactados de manera verbal o escrita. No se puede desalojar durante la cuarentena a ningún inquilino

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30 de junio de 2020, 18:59 PM
30 de junio de 2020, 18:59 PM

La asamblea legislativa aprobó la tarde de este martes, la Ley excepcional de arrendamientos (alquileres) que beneficiará a las familias que, por la restricción de la emergencia y la cuarentena sanitaria, no han podido generar recursos para pagar sus deudas de alquileres.

Desde que fue presentada la primera redacción del PL a principios de abril, ni la Cámara de Senadores ni la Cámara de Diputados lograron ponerse de acuerdo con la propuesta. En los primeros días de junio, fue derivada al pleno de la Asamblea, para su discusión en conjunto.

La normativa aprobada
La ley tiene como objeto implementar medidas que mitiguen y distribuyan el impacto económico de la pandemia del coronavirus sobre el pago de alquileres de bienes inmuebles, destinados a vivienda, comercio, prestación de servicios e industria. 

El artículo 2 establece que la ley tiene por finalidad preservar la relación de paz, concordia y entendimiento entre inquilinos y propietarios, afectados por la declaratoria de emergencia sanitaria y cuarentena en todas sus modalidades, que disminuyeron los ingresos económicos de los inquilinos, imposibilitando el cumplimiento de las obligaciones contraídas con los propietarios. 

En su artículo 3 señala que, en base a los valores de solidaridad y reciprocidad, se establecen medidas para beneficiar al inquilino como al propietario

A favor del inquilino, la ley reduce en un 50% el canon de alquiler, cuando, a la vigencia de la presente ley, no se hubiera conseguido un acuerdo entre inquilino y propietario para la reducción o diferimiento razonable del canon de alquiler. 

A favor del propietario, la norma establece la condonación del pago del impuesto mensual del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) hasta el levantamiento de declaración de cuarentena, en sus distintas modalidades.

También otorga beneficios impositivos por los gobiernos autónomos municipales, en el marco de su autonomía, para los propietarios que reduzcan como mínimo, el 50% del canon de alquiler.

Las medidas dispuestas se aplicarán a los alquileres pactados de manera verbal o escrita, cuando el canon establecido y calculado de forma mensual no exceda a un máximo de Bs 5. 000 para bienes inmuebles destinados a vivienda; Bs 7. 000 para bienes inmuebles destinados a tiendas o espacios comerciales o prestación de servicios; y Bs 15. 000 para bienes inmuebles destinados a actividad Industrial. 

La presente ley se aplicará excepcionalmente a partir de la fecha de declaración de emergencia sanitaria nacional y cuarentena, dispuesta a través del decreto supremo 4196, del 17 de marzo de 2020, hasta tres meses después de culminada la cuarentena en sus diferentes modalidades.

No se puede desalojar

El diputado proyectista, Víctor Borda, destacó también, que la ley establece que durante la cuarentena el propietario no puede desalojar al inquilino de su casa, especialmente a embarazadas, personas de la tercera edad, familias con menores de edad, sujeto a procesos judiciales. 

"No se aplica esta ley a los funcionarios públicos que perciben recursos del Tesoro General de la Nación. Ellos están exceptuados de la aplicación de esta reducción. Además, se prohíbe el incremento del canon de alquiler durante la gestión 2020 y quedan en suspenso los procesos de desalojo", finalizó Borda, después de ser aprobada la normativa.