El papa Francisco sugirió realizar la confesión en soledad, con el compromiso de hacerlo de manera formal después

El Deber logo
9 de abril de 2020, 6:59 AM
9 de abril de 2020, 6:59 AM

“Cuando el fiel se encuentre en la dolorosa imposibilidad de recibir la absolución sacramental, debe recordarse que la contrición perfecta, procedente del amor del Dios amado sobre todas las cosas, expresada por una sincera petición de perdón y acompañada de votum confessionis, es decir, del firme propósito de recurrir cuanto antes a la confesión sacramental, obtiene el perdón de los pecados, incluso mortales”. Así explicó el Sacramento de la Reconciliación la Penitenciaria Apostólica Vaticana, el 20 de marzo, ante “la gravedad de las circunstancias actuales” y dirigida a los fieles laicos y a pastores.

Situación especial de pandemia

Días atrás, el papa Francisco se refirió al tema sugiriendo realizar la confesión en soledad,con el compromiso de hacerlo de manera formal después. 

“Habla con Dios, que es tu padre, y dile la verdad: ‘Señor, he hecho esto, esto, esto… Perdóname’, y pídele perdón de todo corazón, con el acto de dolor y prométele: ‘Me confesaré después, pero perdóname ahora’. E inmediatamente volverás a la gracia de Dios”, señaló.

Por su parte, la Penitenciaría Apostólica Vaticana recordó  que “la confesión individual representa el modo ordinario de celebrar este sacramento, mientras que la absolución colectiva, sin la confesión individual previa, no puede impartirse sino en caso de peligro inminente de muerte, por falta de tiempo para oír las confesiones de los penitentes individuales o por grave necesidad". Esta tarea corresponde al obispo diocesano, en coordinación con los demás miembros de la Conferencia Episcopal. 

Obispos diocesanos

En el documento difundido por la página de la Arquidiócesis de Santa Cruz de la Sierra, se menciona que cualquier otra especificación “se delega según el derecho a los obispos diocesanos, teniendo siempre en cuenta el bien supremo de la salvación de las almas y en caso de que surja la necesidad de impartir la absolución sacramental a varios fieles juntos, el sacerdote está obligado a avisar al obispo diocesano”.

Igualmente, estos pastores deben “indicar a los sacerdotes y penitentes las atenciones que deben adoptarse en la celebración individual de la reconciliación sacramental, tales como la celebración en un lugar ventilado fuera del confesionario, la adopción de una distancia adecuada, el uso de barbijos, sin perjuicio de la absoluta atención a la salvaguardia del sigilo sacramental y la necesaria discreción”.

Capellanes extraordinarios

Sobre esto, menciona que los prelados de cada diócesis han de decidir también en su circunscripción “los casos de grave necesidad en los que es lícito impartir la absolución colectiva: por ejemplo, a la entrada de las salas de hospital, donde estén ingresados los fieles contagiados en peligro de muerte, utilizando con las debidas precauciones los medios de amplificación de la voz para que se pueda oír la absolución”.

Finalmente, la nota llama a considerar la conveniencia de establecer de acuerdo a las autoridades sanitarias los grupos de “capellanes extraordinarios de hospitales”, de forma voluntaria y para garantizar la asistencia de los enfermos y los moribundos".