(LEA LA NORMA) El Gabinete de ministros aprobó un decreto supremo el miércoles. Son necesarios un certificado de vacunación o una prueba PCR con 72 horas de anterioridad

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28 de octubre de 2021, 10:10 AM
28 de octubre de 2021, 10:10 AM

El Gobierno nacional estableció nuevas medidas de vigilancia epidemiológica para el ingreso de viajeros provenientes del exterior. El Gabinete de ministros aprobó el miércoles, 27 de octubre, el Decreto Supremo 4605.

La disposición “tiene por objeto impulsar la reactivación económica del sector turismo”, estableciendo criterios como contar con un certificado de vacunación con esquema completo de 14 días previos al arribo.

De contar con ese documento, se requerirá: Prueba PCR negativa certificada para personas mayores de cinco años de edad, con una anterioridad de 72 horas y los pasajeros extranjeros que no tengan residencia permanente en Bolivia, deberán contar con un seguro de salud con cobertura para la Covid-19, que cubra los gastos para su tratamiento.

En caso de no contar con un certificado de vacunación, se aplicará un aislamiento en el domicilio que declare la persona y se le aplicará una prueba PCR, cuyo costo será cubierto por el pasajero. Asimismo, “cuando se identifique en el punto de entrada un caso sospechoso o caso probable, se aplicará el protocolo vigente, mismo que incluye el aislamiento obligatorio”.

La norma:


Hace una semana el Ministerio de Gobierno había solicitado la modificación del Decreto Supremo 4481, aprobado por el Gabinete el 31 de marzo, que instauró las medidas de vigilancia epidemiológica para los viajeros del exterior.

Antes se establecía que quienes pretendan ingresar a territorio nacional presenten resultados de un examen realizado 72 horas antes del viaje, cumplan un aislamiento de 10 días y se sometan luego a una segunda prueba PCR.