El Consejo de Coordinación Interinstitucional para la Facilitación del Transporte Aéreo aprobó el protocolo para el retorno a operaciones internacionales en Bolivia y estableció los requisitos que deben presentar los viajeros nacionales y extranjeros

31 de agosto de 2020, 19:30 PM
31 de agosto de 2020, 19:30 PM

El Consejo de Coordinación Interinstitucional para la Facilitación del Transporte Aéreo (Concifal), que conforman 13 entidades del Estado, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N° 4314 que, entre otras disposiciones, establece la apertura de fronteras aéreas a partir del martes (1 de septiembre), lanzó los requisitos de ingreso y salida nacional y extranjero de pasajeros en el reinicio de las operaciones aéreas comerciales internacionales.

El directorio de la Concifal, reunido la tarde de este lunes, estableció y aprobó el “Protocolo para el retorno a operaciones internacionales en Bolivia” que, en el caso del ingreso al territorio nacional de todo pasajero nacional o extranjero establece, además los requisitos exigidos por la Autoridad Migratoria en cuanto a documentación (visa), la presentación de la certificación de la prueba de análisis (PCR) específica para Covid-19, con resultado negativo otorgada por un laboratorio legalmente constituido en el país de origen con una vigencia no mayor a siete (7) días a la fecha programada de ingreso, visada por el Consulado boliviano respectivo (Sic).

Aclaran que para el visado el Ministerio de Relaciones Exteriores emitirá el procedimiento correspondiente. Además de la certificación de la prueba PCR, el pasajero debe presentar la declaración jurada de salud y el formulario de salud otorgados por la línea aérea.

Respecto a los requisitos para la salida del territorio nacional, el Concifal estableció el uso obligatorio de barbijo, distancia física, atención a los mensajes de perifoneo e instrucciones de la línea aérea. Los pasajeros deben presentarse en mostradores de facturación de la línea aérea tres horas antes de la salida programada.

No está permitido en ninguna cantidad el alcohol puro. “Los sanitizadores de mano, líquidos antibacteriales o antisépticos están permitidos en el equipaje de mano, en la cantidad máxima de 360 mililitros (ml) por persona, en un porcentaje de alcohol máximo de 70%”, enfatiza el comunicado de Concifal, agregando que la línea aérea es responsable de informar al pasajero el requisito específico sobre el Covid-19 y los documentos exigidos por el país de destino.

El ministro de Obras Públicas, Iván Arias, dijo que la reanudación de las operaciones en el mercado aeronáutico comercial internacional se dará en la medida en que los países lo autoricen y tengan cielos abiertos. Los únicos que, por ahora, tienen esta condición son Uruguay, Brasil y Venezuela, mientras que Argentina, Chile, Colombia y Perú aún no permiten vuelos por medidas sanitarias.

En el caso de EEUU y España, las entidades que regulan las operaciones y servicios aéreos en el país están cruzando información con sus pares de dichos países para establecer un vademécum de requisitos y condiciones exigidas a líneas aéreas y los usuarios que pretendan ir o llegar desde estos destinos.

Según el Viceministerio de Transporte, cuatro aerolíneas extranjeras (Avianca, Air Europa, Latam y Gol) avanzan en el trámite y aprobación del protocolo de bioseguridad para reanudar operaciones desde Bolivia.