De aprobarse, la norma autoriza de manera excepcional y extraordinaria a los gobiernos autónomos departamentales y municipales, a realizar traspasos y modificaciones presupuestarias para la adquisición de las vacunas

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17 de julio de 2020, 16:25 PM
17 de julio de 2020, 16:25 PM

Mediante un proyecto de ley (PL), se autoriza al Gobierno central y a las subnacionales la compra directa del proveedor, del medicamento de origen ruso Avifavir u otra vacuna para ser aplicada gratuitamente y que ayude a contrarrestar el contagio por coronavirus.

“Se autoriza al Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, gobiernos autónomos departamentales y gobiernos autónomos municipales, a proceder de manera extraordinaria y de emergencia, a la adquisición de la vacuna Avifavir producida por Rusia, para la cura del coronavirus. Así también se autoriza su aplicación a todos los estantes y habitantes en el Estado Plurinacional de Bolivia, infectados por el Covid-19 de manera gratuita”, dice el proyecto de ley.

El proyectista de la norma, que será analizada en las próximas semanas, es el senador Omar Aguilar, del Movimiento Al Socialismo (MAS), cuya sigla política tiene mayoría en la Asamblea Legislativa.

El PL expresa que, en caso de existir o producirse otra vacuna que tenga la misma finalidad de curar el coronavirus en otro estado o país, deberá procederse de igual forma para su adquisición, hasta eliminar la pandemia del coronavirus en nuestro país.

Directo del proveedor

En su artículo primero, deja instaurado que, el nivel central del Estado, los gobiernos autónomos departamentales y gobiernos autónomos municipales realizarán la adquisición de la vacuna de manera directa del proveedor, sin la participación de intermediarios.

Además, suspende la centralización de adquisiciones por el nivel central del Estado, pudiendo los gobiernos autónomos departamentales a través de sus servicios departamentales de salud, y gobiernos autónomos municipales a través de sus servicios municipales de salud, iniciar inmediatamente las gestiones para la adquisición de la vacuna de manera directa del proveedor.

También autoriza de manera excepcional y extraordinaria a los gobiernos autónomos departamentales y municipales, a realizar traspasos y modificaciones presupuestarias para la adquisición de las vacunas.

La adquisición de la vacuna se realizará bajo el control de la Agencia Estatal de Medicamentos y Tecnologías en Salud (Agemed), que realizará la verificación de seguridad, calidad y composición de la vacuna y otorgará la autorización de compra correspondiente, en coordinación con los servicios departamentales y municipales de salud.

Financiamiento

De acuerdo al proyecto de ley, el Órgano Ejecutivo deberá considerar las fuentes de financiamiento para el cumplimiento de la norma. Propone por ejemplo, recursos del Tesoro General de la Nación (TGN); recursos en el marco de la Ley 602 del 14 de noviembre del 2014 de gestión de riesgos; o créditos y donaciones externas e internas que ingresan al país para la compra exclusiva de vacunas para la cura del coronavirus.

El Órgano Ejecutivo deberá informar sobre el uso de recursos, la administración y resultados de la vacuna, para la cura del coronavirus a la Asamblea Legislativa Plurinacional, en un plazo no mayor a tres meses posteriores a la adquisición.

En tanto que, las gobernaciones y los municipios deberán informar a sus respectivas asambleas legislativas departamentales y concejos municipales respectivos, en un plazo no mayor a tres meses posteriores a la adquisición.