En la primera semana de pago del beneficio, un total de 212.220 personas de la tercera edad acudieron a las entidades financieras para hacer efectivo este cobro adelantado

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13 de agosto de 2020, 8:08 AM
13 de agosto de 2020, 8:08 AM

Desde inicios del mes de agosto, el pago del aguinaldo de la Renta Dignidad alcanzó a 212.220 adultos mayores, lo que significa casi un 21% del universo poblacional proyectado por el Estado (1 millón). La entrega se hace efectiva al momento de acudir a cualquier entidad financiera habilitada, es decir, se otorga bajo la misma modalidad de cobro de la renta y se realiza en un solo pago.

"Tomamos la decisión de adelantar el pago del aguinaldo de la Renta Dignidad a nuestros adultos mayores, para apoyarlos y ayudarlos a salir adelante en este difícil momento. Ya se hicieron más de 200.000 pagos, pero falta mucho más", manifestó la presidente Jeanine Áñez, vía Twitter.

El adelanto del pago del aguinaldo se suma a las medidas de alivio económico que proyecta el Gobierno para las personas mayores de 60 años, quienes se han visto afectadas por la expansión del coronavirus en Bolivia.

Según el reporte estatal, los pagos realizados a través de entidades  financieras alcanzan a 131.834, en tanto que las transacciones hechas con la Entidad Proveedora de Información (EPIS), es decir, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir), la Corporación del Seguro Social Militar (Cossmil) y otras aseguradoras, llegan a 80.386, lo que hace un total de 212.220 beneficiarios.

La Jefa de Estado indicó que, si alguna persona de la tercera edad aún no cobró este beneficio social todavía está a tiempo de hacerlo en cualquier sucursal habilitada por la banca. El plazo para hacer efectivo el cobro se extiende hasta fines de 2020. Basta presentar la cédula de identidad.

De acuerdo con reportes del Ministerio de Economía, el pago anticipado del Aguinaldo Renta Dignidad consiste en Bs 300 a las personas de la tercera edad que perciben una jubilación o renta y de Bs 350 a las personas que no tienen acceso a ningún tipo de jubilación.

La legalidad de la carta de autorización que permite el cobro de la renta del beneficiario o beneficiaria, autoriza a un familiar de primer grado el cobro de la Renta del Sistema de Reparto y el de las Pensiones del SIS-AFP, y se extiende hasta el 30 de septiembre