Al no existir una norma específica ambiental para el sector agrícola, los productores temen la aplicación de regulaciones ajenas a la actividad agropecuaria para procesos extorsivos

14 de agosto de 2022, 4:00 AM
14 de agosto de 2022, 4:00 AM

Especialistas en derecho agroambiental y sectores del aparato productivo de Santa Cruz advierten que la propuesta de Código Procesal Agroambiental, en fase de socialización, aumenta el riesgo de inseguridad jurídica de la propiedad privada y tenencia de la tierra.

Para el abogado especialista en derecho agroambiental y desarrollo rural Fernando Asturizaga, el texto es más político que técnico y obedece a la falta de especialidad en materia ambiental de quienes lo redactaron. “Un código procesal debe contener los pasos, plazos y procedimiento de los juicios que se ventilan ante la judicatura agroambiental y no ingresar a aspectos esenciales de la materia, como la denominada Función Económico Social Ambiental, no reconocida en la Constitución Política del Estado”, expresó.

Dicho aspecto, a su juicio, devela la intención de utilizar políticamente el aspecto ambiental para mantener un proceso de Reforma Agraria eterno sobre los medianos productores y los empresarios agropecuarios, a fin de afectar sus propiedades hasta extinguirlas, en la línea de activistas políticos que, a título de defensa del medioambiente, lo único que buscan es la desaparición de la propiedad con visión empresarial y de mercado.

Hizo notar que, a través de reforzar el enfoque precautorio y convertirlo en un principio de administración de justicia, lo que se hace es negar el avance de la ciencia sembrando dudas sobre aquellos aspectos que se han desarrollado para mejorar la agricultura, como el uso de Organismo Genéticamente Modificado (OGM).

“Es previsible que, con la aplicación de esta norma, si se aprueba, se niegue a los productores el acceso a nuevos eventos transgénicos y por supuesto se cierre la puerta a la edición génica de los cultivos”, puntualizó Asturizaga.

Infiere que, al no existir una normativa específica en lo ambiental para el sector agrícola, como tienen los sectores de minería o hidrocarburos, se aplicarán normas ajenas a la actividad agropecuaria, lo que, en opinión del experto, va a ocasionar procesos extorsivos en contra de los productores.

“Siguiendo el modelo inconstitucional de lo que fue la ley contra la legitimación de ganancias ilícitas, los jueces podrán establecer medidas de intervención de predios, retención de fondos, anotaciones preventivas, antes de que el productor denunciado se entere de la existencia de un proceso en su contra, donde además se presume su culpabilidad y no su inocencia. Además, se faculta al juez a ordenar medidas cautelares inexistentes en la economía jurídica nacional, lo que legalizará el arbitrio y la discrecionalidad del juzgador”, anotó Asturizaga.

Hace notar que la crisis judicial no es patrimonio solo de la justicia ordinaria y agraria, ahora denominada agroambiental, es parte de esa crisis reflejada en fallos contradictorios, ilegales e incluso inconstitucionales, pues salvo honrosas excepciones, está conformada por individuos que anteponen su ideología, animadversión al sector agropecuario, o intereses personales a la correcta aplicación de la normativa.

“Cómo puede existir un tribunal agroambiental creíble e imparcial, si en su función de controlar a los órganos de la administración de la tierra, como el INRA o el Viceministerio de Tierras, se tiene a profesionales que han sido descalificados para ocupar un cargo de magistrado”, apuntó Asturizaga.

A juzgar por el ex juez agroambiental Roque Camacho, desde el punto de vista jurídico, la temática ambiental tiene su especialidad, su hermenéutica y al juntar en un solo órgano, en una sola persona la dilucidación de los problemas ambientales y agrarios que, en cierta medida son contrapuestos y contrarios entre sí, constituye un despropósito e inadecuado porque va a conflictuar aún mucho más de lo que está la Judicatura con la unificación de dos especialidades distintas y diferentes en un solo órgano de decisión.

“La cuestión ambiental tiene como uno de sus objetivos preservar el medioambiente y la cuestión agraria producir alimento. Ahí encontramos una contraposición entre ambas actividades, la producción y la preservación”, insinuó Camacho, al expresar que lo que se propone es que existan jueces agrarios exclusivamente para resolver la problemática de los derechos reales, personales, mixtos, obligaciones, posesión, límites, colindancias, servidumbres, entre otros, que son inherentes al ámbito agrario y de la producción y, aparte, otros jueces también dependientes de la Judicatura Agroambiental que se preocupen de la problemática ambiental que es diferente porque se basa en el principio de la preservación del medioambiente.

Recoge legislación vigente

Desde Sucre, la decana del Tribunal Agroambiental, Elva Terceros, descarta que el nuevo Código Procesal Agroambiental busque la desaparición de la propiedad privada, que se niegue a los productores el acceso a nuevos eventos transgénicos y se establezcan medidas precautorias afectando al debido proceso. Aclaró que esta nueva norma lo que hace es recoger legislación que ya está en vigencia desde hace varios años y que de pronto no se cumple.

“Todo lo que tiene el Código está en una cantidad de leyes y lo que se hizo es recoger esta legislación, la jurisprudencia y ponerlo en un solo documento para que el abogado busque una tutela efectiva y recurrir a la autoridad competente en materia agroambiental”, sostuvo Terceros, al explicar que el desarrollo sostenible se basa en garantizar el desarrollo social, económico y la seguridad ambiental, y esto está establecido en la Declaración de Río de Janeiro sobre el medioambiente de junio de 1992.

Terceros explicó que la actividad productiva está garantizada, pero tiene que ser ambientalmente sostenible y considerar el beneficio común de la población. “En materia de tierras se garantiza la propiedad privada siempre y cuando cumpla un servicio colectivo, no es una propiedad absoluta sin control del Estado”, refirió.

Los principios precautorios los ha suscrito Bolivia con el Acuerdo de Río en 1992 cuando se puso en vigencia la ley del medioambiente.
En el Código Procesal Agroambiental se hizo una redacción procesal, no reconoce ni quita derechos, solo establece el camino y cuando una persona ve vulnerado su derecho puede ir ante una autoridad judicial para conseguir tutela. “El principio precautorio fue aprobado por la Ley de la Madre Tierra de cuidado del medioambiente en 1996”, dijo Terceros.

La magistrada descartó que este Código pueda ser utilizado políticamente en materia ambiental para hacer desaparecer la propiedad o evitar la aplicación de transgénicos. Hizo notar que la “reforma agraria permanente” no lo establece este código sino viene desde la Ley de Reforma Agraria de 1953, lo recogió la CPE de 1967, y fue ratificado en la Constitución de 2009.

Norma inconsulta

Desde la Federación de Ganaderos de Santa Cruz (Fegasacruz) consideran que es una norma inconstitucional elaborada sin la intervención ni participación de los sectores afectados, lo cual convierte el proyecto de código en una norma inconsulta que puede ser utilizada políticamente en perjuicio del sector productivo.

Aseveraron que Fegasacruz trabaja, juntamente con la Cámara Agropecuaria del Oriente (CAO), en las observaciones a este proyecto, por ser lesivas al sector productivo del país. “La gente del Tribunal debe venir a Santa Cruz a explicar a todo el sector productivo el código, cuya propuesta ha nacido mal porque no viene de los sectores productivos. Se ve más una norma que generará perjuicios y tal vez nuevas extorsiones a los productores”, manifestaron.

Desde la Asociación de Proveedores de Insumos Agropecuarios (APIA) manifestaron que es un tema que está siendo analizado a nivel del sector agroproductivo en conjunto, con participación de la academia, en razón de su implicancia en diversos temas de interés.

Denotaron que no se cumplió con un principio constitucional, habida cuenta de que el proyecto de código no ha sido socializado debidamente. Observan la inclusión de la acción cautelar, y la inclusión del área rural/urbana, lo cual puede tener efectos complejos en su administración procesal.

Entre las preocupaciones sectoriales que derivan del análisis están temas atentatorios que -infieren- pueden perjudicar la seguridad jurídica de los mismos productores agropecuarios.

Mencionan que el procedimiento ejecutivo que se está implementando en el proyecto tiene muchas imprecisiones y no se sujeta al derecho civil. Infieren que no solo se le pretende dar a los jueces atribuciones en lo agrario y ambiental, sino también en lo civil con los juicios ejecutivos, con procedimientos confusos y poco claros.

APIA y otras instituciones del sector agropecuario coinciden en que para los efectos de la presentación de eventos OGM en Bolivia, es necesario tener seguridad jurídica estable que brinde las garantías a las empresas para avanzar en la presentación de eventos OGM (trabajar al interior de las leyes que contemplen esta actividad y no así en decretos supremos).

El pasado mes, en Pando, en el ampliado ordinario de la Confederación Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia (Cscib), la tercera resolución del magno encuentro exigió al Ministerio de Medio Ambiente y Agua bajar a explicar inmediatamente la propuesta de Código Procesal Agroambiental que, según alertaron, pretende aprobarse unilateralmente, misma que puede afectar a los pequeños y medianos productores del país.


La violencia en ocupación ilegal de tierras amenaza la producción de alimentos


En Cochabamba, en la presente semana, la Confederación Agropecuaria Nacional (Confeagro) conminó al Gobierno central, entre otros temas, a dar cumplimiento estricto de la normativa vigente para frenar las ocupaciones ilegales en tierras productivas de Santa Cruz y Cochabamba que, a decir del presidente de dicha organización, Óscar Mario Justiniano, no solo genera zozobra a los productores, trabajadores del campo y población en general, sino también amenaza la producción alimentaria nacional.

El sector repara en la violencia que ejercen los tomatierras en la incursión a los predios productivos. “Estos hechos se multiplican y se tornan cada vez más violentos y también son una amenaza a la producción de alimentos. Instamos a las autoridades llamadas por ley a combatir estos actos delictivos para evitar mayores incidentes”, puntualizó Justiniano.

Días atrás, desde la Federación de Ganaderos de Santa Cruz (Fegasacruz), el presidente Adrián Castedo refirió que la organización registra 22 tomas ilegales de predios en los últimos meses, siendo Guarayos y San José de Chiquitos, municipios con alta vocación agrícola y pecuaria, los más vulnerables de este ilícito.

Además de la falta de seguridad jurídica de la tierra, en el encuentro de productores agropecuarios en Cochabamba, Justiniano enfatizó la urgencia de aprobación de eventos genéticamente mejorados en maíz, soya, trigo, algodón y otros cultivos para evitar el desabastecimiento actual. El agro pide incentivo a la producción.

Antecedentes y detalles


Proyecto. En julio de 2021, autoridades del Tribunal Agroambiental y del Ministerio de Justicia presentaron a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) la propuesta de Código Procesal Agroambiental, norma que encamina los procedimientos en la jurisdicción agroambiental. La propuesta tiene como fin atender y resolver controversias vinculadas a materias agraria, ambiental, aguas y recursos naturales renovables, en el marco de lo establecido en el artículo 189 de la Constitución Política del Estado (CPE) y el bloque de constitucionalidad.

Propuesta. El código se organiza en dos partes. La primera, contiene las disposiciones generales que se aplican en la tramitación de las causas de competencia de la jurisdicción agroambiental, las facultades excepcionales de las y los jueces agroambientales, los plazos procesales, los sujetos procesales, los medios de impugnación, la conciliación y las medidas cautelares, la prueba y los presupuestos para su valoración; y la segunda, desarrolla los tipos de procesos de competencia de la jurisdicción agroambiental.

Desprotección. La Judicatura Agroambiental está establecida en la Constitución desde 2009 y hasta ahora no se llevó a cabo ningún juicio ambiental en Bolivia por falta de código de procedimiento. El medioambiente está desprotegido porque no hay una judicatura que lo proteja.

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