Explican que los Estados miembros han decidido que las prioridades deben ajustarse al contexto global producto del nuevo escenario planteado por los efectos post pandemia. La nueva estructura organizacional debe ajustarse a la realidad financiera del organismo intergubernamental regional

1 de julio de 2022, 11:34 AM
1 de julio de 2022, 11:34 AM

Después de que un grupo de exfuncionarios de carrera del Sistema Económico Latinoamericano y del Caribe (SELA), citado en el diario venezolano El Nacional, diera cuenta a sus Estados miembros sobre el accionar del secretario permanente, el boliviano Wálter Clarems Endara Vera -en funciones desde hace casi un año-, de haberlos forzado semanas atrás a una renuncia no voluntaria y contraria a derecho (conforme lo establece la legislación venezolana), desde el organismo intergubernamental regional rechazan y niegan las causaciones vertidas.

En un comunicado oficial, la Secretaría Permanente, mediante Decisión N° 589, aclara que ha recibido del Consejo Latinoamericano la instrucción de efectuar su reestructuración acorde a la priorización de los ejes temáticos de su plan de trabajo, con el fin de responder y adaptar una nueva estructura de personal que refleje un mecanismo dinámico.

Explican que los Estados miembros han decidido que las prioridades deben ajustarse al contexto global producto del nuevo escenario planteado por los efectos post pandemia. En ese sentido, la directriz contenida en ejes temáticos requiere de una nueva estructura organizacional que se ajuste a la realidad financiera de la organización y a las demandas de sus países miembros. Para tal efecto el SELA, ha decidido "llevar adelante una reestructuración de personal local e internacional, apegado al derecho laboral del país sede y las normas que rigen el organismo".

Fundamentan que el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, mediante Decreto N° 4.414 del 31 de diciembre de 2021, estableció la inamovilidad laboral de los trabajadores del sector público y privado regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, por el término de dos años contados a partir del 31 de diciembre de 2020

En este sentido, expresan que la Secretaría Permanente, en apego a la legislación venezolana como país sede,  a fin de encontrar un mecanismo alternativo de resolución de conflictos, luego de negociar con los funcionarios y llegar a un acuerdo de voluntad común de las partes, concluye la relación laboral con cartas de renuncia voluntariamente firmadas por los exfuncionarios, acordando entre ambas partes la suscripción de un Acta de Transacción Extrajudicial que establece el pago de sus prestaciones sociales y demás beneficios computados de conformidad con el tiempo de servicio efectivamente prestado dentro del organismo, con una bonificación especial, además de mantener vigente el Seguro de Salud Colectivo hasta el mes de octubre, es decir, indican que el SELA cumplió más de lo que la norma exige.  

Asimismo, apuntan que las cartas de renuncia fueron dirigidas al Secretario Permanente en fechas 3, 4 y 7 de febrero de 2022, días en los que, además, firmaron sus respectivas planillas de “Liquidación de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios”, recibiendo el pago acordado y aceptado de forma inmediata en su cuenta bancaria, manifestando así los exfuncionarios su total consentimiento sobre su egreso voluntario.

Una vez cumplido con lo pactado entre los trabajadores y el organismo, señalan que se presentó a la Inspectoría del Trabajo Miranda Este, el expediente con la renuncia de los trabajadores, la planilla del pago de sus prestaciones sociales y demás beneficios laborales, el váucher de pago de las prestaciones sociales, así como el Acta de Transacción Extrajudicial, con lo que el Inspector del Trabajo quien es la autoridad competente en la materia en sede Administrativa, mediante auto de fecha 09 de febrero de 2022, decidió: “homologar la transacción e impartirle el carácter de cosa juzgada”.

Especifican que además algunos de los renunciantes pretendían ampliar el pago de sus beneficios, pero sus reclamos fueron declarados como solicitud no admitida, por la mencionada Inspectoría de Trabajo.