El aumento del 2% al Salario Mínimo Nacional cubre el periodo enero-abril y debió ser pagado en mayo. Además, el Ministerio de Trabajo aclara que no corresponde la presentación de ningún convenio salarial

15 de junio de 2021, 12:18 PM
15 de junio de 2021, 12:18 PM

Las planillas con el incremento del 2% al Salario Mínimo Nacional (SMN) deberán ser presentadas a partir de hoy, 15 de junio, hasta el miércoles 30 de junio.

Así lo determinó el Ministerio de Trabajo que precisó que el cumplimiento de la norma debe ser acatado tanto por las instituciones públicas como privadas, que deberán presentar, de forma obligatoria, la Declaración Jurada de Planillas Retroactivas donde se plasme la mejora del SMN que de Bs 2.122 subió a Bs 2.164.

Desde esa cartera ministerial indicaron que en caso de no cumplir con esta disposición se aplicarán sanciones que se encuentran contempladas en el artículo 7 de la Resolución Ministerial N.º 212/18 de 1 de marzo de 2018.

Dicha resolución establece una multa basada en la multiplicación de la cantidad de días de retraso (hasta 180 días) por el monto del total ganado de la última planilla presentada.

La presentación del formulario de la Declaración Jurada de Planillas Retroactivas deberá hacerse ante la Oficina Virtual de Trámites (OVT) en las fechas ya mencionadas, pero si se han declarado con anterioridad serán consideradas válidas, por lo que el empleador no deberá realizar otra vez este trámite.

Asimismo, la nota de prensa del Ministerio de Trabajo indica que el pago del retroactivo emergente de la aplicación del salario mínimo nacional de la gestión 2021, debe aplicarse sobre los conceptos remunerados donde tenga incidencia; es decir, para efectivizar el pago de los retroactivos no corresponde la presentación de ningún convenio salarial previo.