El diputado Borda lamentó que el Gobierno no haya leído el Código Procesal Constitucional. Áñez pidió la suspensión del procedimiento legislativo hasta la emisión de la declaración constitucional. La presidenta de la Asamblea también se pronunció al respecto.

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14 de julio de 2020, 11:35 AM
14 de julio de 2020, 11:35 AM

Con una fuerte crítica a los asesores de la presidenta Jeanine Áñez, por "desconocer las normativas procesales", el diputado Víctor Borda demandó a la mandataria que retire la consulta constitucional que presentó ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), el viernes pasado, sobre la aplicación de la Ley Excepcional de Arrendamientos (alquileres).

“Pido al Gobierno que retire esta acción porque ni siquiera han leído el artículo 112 del Código Procesal Constitucional. Solicito al TCP que lo rechace ‘in limine’ (desde el momento en que fue presentada) porque no tiene la legitimación activa prevista en este Código”, expresó el asambleísta del Movimiento Al Socialismo (MAS).

Esta ley fue promulgada el 30 de junio por el pleno de la Asamblea Legislativa, con el objetivo de mitigar y distribuir el impacto económico de la pandemia del coronavirus.

La Ley establece, a favor del inquilino, una reducción en un 50% del canon de alquiler, cuando no se hubiera conseguido un acuerdo entre inquilino y propietario. Y a favor del propietario, una condonación del pago del impuesto mensual del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) hasta el levantamiento de declaración de cuarentena, en sus distintas modalidades.

Ante el rechazo de los propietarios, la presidenta Áñez se hizo eco de su protesta y el viernes, interpuso una consulta sobre la constitucionalidad del proyecto 597/2019-2020 en contra del referido acto legislativo. 

Además, pidió como medida cautelar que, en resguardo del orden constitucional, “la suspensión del procedimiento legislativo hasta la emisión de la declaración constitucional”.

Código Procesal

En cuanto al proceso legal, para interponer una consulta, el artículo 111 del Código procesal Constitucional, al que hace referencia el diputado Borda establece que “la consulta de constitucionalidad de un proyecto de ley tiene por objeto confrontar el texto de dicho proyecto con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional”.

La parte más importante respecto a la consulta presidencial es el artículo 112, que instaura que “los legitimados para realizar consultas sobre la constitucionalidad de proyectos de ley son: la Presidenta del Estado Plurinacional, cuando se trate de proyectos cuya iniciativa tienen su origen en el Órgano Ejecutivo; la presidenta de la Asamblea Legislativa, tratándose de proyectos de ley, cuando fuere aprobada por resolución del Pleno de la Asamblea Legislativa o una de sus Cámaras, por dos tercios de los miembros presentes; y para proyectos de Ley de Materia Judicial, el titular del Tribunal Supremo de Justicia o del Tribunal Agroambiental, previa aprobación por la Sala Plena respectiva".

En esa perspectiva, el diputado Borda lamentó que el actual Gobierno no haya leído el Código Procesal Constitucional sobre la legitimación activa para interponer una consulta de inconstitucionalidad de una ley, de un tratado o convenio internacional.

“En este caso, la Ley del Inquilinato no ha sido una iniciativa del Órgano Ejecutivo, sino del suscrito diputado por lo que, los que están legitimados para instruir esta acción constitucional es la presidenta de la Cámara de Senadores o el presidente de Diputados”, sostuvo el asambleísta.

Señaló que este proyecto beneficia más a mujeres embarazadas, personas de la tercera edad, mujeres con hijos discapacitados, familias que tienen hijos menores que no pueden estar botadas en las calles.

Por su parte, la presidenta del Senado, Eva Copa, lamentó que el Gobierno remitiera a control constitucional, la Ley de Alquileres. "Eso es dar la espalda al pueblo que está sufriendo porque no tiene los recursos para pagar la renta", protestó.