El abogado de la compañía petrolera, Luis Fernando Calvo, dijo que el fallo del Tribunal Agroambiental señala que los demandantes nunca acreditaron derecho propietario alguno. La jueza de Entre Ríos fue multada con el pago de Bs 1.000

17 de junio de 2021, 18:27 PM
17 de junio de 2021, 18:27 PM


La Sala Primera del Tribunal Agroambiental dejó sin efecto la sentencia 01/2021 contra la empresa Petrobras Bolivia, de 7 de abril pronunciada por la juez agroambiental, de la localidad de Entre Ríos (Tarija), según documento oficial de esa instancia judicial en Sucre.

"Anulando obrados de oficio, hasta el Auto de Admisión de demanda inclusive (fs 428 y vta de obrados), al haber tramitado el proceso sin observar la falta de acreditación de derecho propietario de la parte actora y de los litisconsortes conforme previsión del artículo 835-I del Código Civil concordante con el artículo 35-I y III de la Ley 439, así como la inexistencia de la relación contractual como fuente de obligación entre las partes litigantes, evidenciándose violación a los derechos fundamentales y garantías constitucionales", señala textualmente el fallo firmado por las magistradas María Tereza Garrón Yucra y Angela Sánchez Panozo.

En una primera instancia, la jueza Verónica Hesse de los Ríos, de Entre Ríos, había dictaminado que Petrobras Bolivia y sus socios paguen $us 61,1 millones a la familia de María del Rosario Vacaflor Lahore, por un predio donde está el campamento de San Alberto.

El abogado de la compañía petrolera, Luis Fernando Calvo, dijo que el fallo del Tribunal Agroambiental señala que los demandantes nunca acreditaron derecho propietario alguno y no debió haberse instaurado ese proceso, tal como Petrobras había sostenido; y por ello, se sanciona a la jueza. 

Por otra parte, el Tribunal Agroambiental exhortó a la referida jueza la jurisprudencia agroambiental y constitucional vinculante trámite la causa en sujeción al debido proceso, la seguridad jurídica, la buena fe y lealtad procesal.

Además, de instruir que se deje sin efecto las medidas cautelares dispuestas mediante la sentencia 01/2021 debiendo por secretaría de la Sala Primera de ese Tribunal oficiar ante la ASFI para el levantamiento de cuentas bancarias.

También se impuso una multa de Bs 1.000 a la jueza agroambiental de Entre Ríos por haber incurrido en responsabilidad inexcusable y cuyo monto será descontado de sus haberes por la Unidad Administrativa y Financiera del Órgano Judicial.