El aguinaldo de Navidad es un derecho de todos los trabajadores y el empleador tiene la obligación de cumplir. Sanciones pueden llegar hasta los Bs 10.000

14 de noviembre de 2023, 7:52 AM
14 de noviembre de 2023, 7:52 AM

La llegada de fin de año pone contentos a los trabajadores y en aprietos a muchas empresas que deben cumplir con el pago del aguinaldo, (hasta el 20 de diciembre) de Navidad. Para evitar sanciones, las empresas deben cumplir 22 puntos y presentar diferentes documentos.

De acuerdo con la economista María Angélica Aguilar, con información disponible de los últimos cuatro años en Bolivia, el pago del aguinaldo para el sector formal de la economía significa una inyección de por lo menos Bs 4.500 millones, de los cuales unos Bs 2.000 millones corresponden al sector público y el resto al sector privado.

En 2022, cerca de 400 empresas fueron denunciadas ante el Ministerio de Trabajo por incumplir el pago en todo el país y, para el presente año, se espera que la cifra sea menor. Especialistas en el campo laboral recomiendan que los empleadores no deben descuidar esta obligación, ya que una de las sanciones por incumplimiento que establece la Ley de 18 de diciembre de 1944, es el pago doble del beneficio, además de otra multa que se incrementa por cada día de retraso.

El abogado experto laboral y empresarial, Andrés Aguilera, consideró que al ser un beneficio social obligatorio e imprescriptible, lo primero que debe hacer la empresa es colocar dentro de sus costos mensuales las previsiones de aguinaldo, toda vez que en Bolivia por ley se pagan 14 salarios. “La falta de planificación del empleador no es excusa legal para no cumplir con la ley”, remarcó.

 Papeles en regla

Daniel Bejarano, abogado laboralista, explicó que es muy importante que, al momento del pago del beneficio, el empleador cumpla con dos pasos: entregar la boleta original al trabajador, que acredita el desembolso, y presentar las planillas de pago del Aguinaldo de Navidad gestión 2023, a través de la oficina virtual de trámites. “El plazo para la presentación de planillas se establecerá en el instructivo emitido por el Ministerio de Trabajo”, precisó. Dicho instructivo, se publica los primeros días de diciembre.

Al mismo tiempo subrayó que no hacer el pago dentro del plazo, genera una multa del 100%. La sanción está destinada al trabajador. “El no pago del aguinaldo puede derivar en el inicio de un proceso judicial por incumplimiento de normas sociales, que impondrá al empleador una multa, generando gastos adicionales y tiempo perdido”, anotó Bejarano.

Del mismo modo señaló que en caso de no presentar las planillas de pago, se aplica una multa por los días de retraso, multa también destinada al Estado. Con respecto a la reincidencia, el Artículo 121 de la ley General del Trabajo, establece que incluso se puede llegar a la clausura del establecimiento.

 La inspección

El incumplimiento del pago del Aguinaldo de Navidad es una situación embarazosa para la empresa o el empleador. En caso de llegar a ese extremo y para evitar más sanciones, Daniel Bejarano explicó que, al momento de realizarse la inspección laboral, el Ministerio de Trabajo no verifica simplemente el cumplimiento del pago de aguinaldo, sino que se basa en el formulario oficial de inspecciones.

Éste consta de 22 puntos y entre los más importantes están los documentos de Constitución de la empresa, NIT, Registro Obligatorio de Empleadores (ROE), planillas de salarios mensuales, convenios de incrementos salariales, vacaciones, libros de accidentes, Control de Asistencia, Acta de posesión de Comité Mixto, Aprobación del plan de higiene y seguridad ocupacional, entre otros, que deberán presentarse en un plazo de 24 horas desde el momento que se realiza la inspección.

“Esto genera un riesgo para el empleador, porque se le puede imponer una multa que varía desde 1.000 a 10.000 bolivianos por cada uno de los puntos, de acuerdo a la cantidad de trabajadores que tiene”, indicó Bejarano.

 Los beneficiarios

Mauricio Saldaña, socio director de Ontier Bolivia, firma especializada en Derecho Empresarial, detalló que son beneficiarios del aguinaldo todos los trabajadores que presten servicios por cuenta ajena, bajo condiciones de subordinación y dependencia que perciban remuneración en cualquiera de sus modalidades y cualquiera sea la modalidad de trabajo, sin exclusión. La condición es que hayan trabajado por un mínimo de tres meses de manera interrumpida y, para obreros, por un mínimo de un mes calendario en la gestión 2023, ya sea por contrato indefinido, a plazo fijo o cualquier otra modalidad.

Precisó que la base del cálculo para el pago del beneficio es el promedio del total ganado de los últimos tres meses anteriores al pago, o tres meses anteriores a la extinción de la relación laboral.

El total ganado incluye: sueldo básico, comisiones, recargo por trabajo nocturno, horas extras, bono de antigüedad, recargo por feriados, domingos trabajados, salario dominical, porcentajes y toda remuneración con carácter permanente, regular y continuo.

“Si no trabajo los 12 meses de la gestión, se le paga las duodécimas en proporción al tiempo trabajado en la gestión, que deberá ser por un mínimo de tres meses de manera ininterrumpida, debiendo considerarse únicamente los servicios prestados en una misma empresa”, explicó Saldaña.

APUNTES

Inyección. Se calcula una inyección de por lo menos Bs 4.500 millones en la economía, con el pago del Aguinaldo en época navideña.

Pago doble. Si un trabajador no percibe el pago del beneficio hasta el 20 de diciembre, el empleador deberá pagarle el doble.

Sanciones. El Ministerio de Trabajo realiza inspecciones a las empresas para verificar el cumplimiento del pago. Las sanciones por incumplimiento pueden llegar hasta los Bs 10.000.

Un beneficio destinado al consumo y pago de deudas; recomiendan ahorrar un poco

La economista María Angélica Aguilar señaló que, de acuerdo a información recopilada sobre el tema, una parte importante del Aguinaldo de Navidad se destina al consumo, principalmente por la época en la que se paga. “Es razonable pensar que, con la expectativa del aguinaldo de fin de año, las familias se den un margen más amplio de consumo principalmente por las fiestas, es decir, compra de regalos, alimentos, viajes y pago de deudas. Asimismo, es previsible que una parte se ahorre para prevenir futuras contingencias y, en menor medida, se esperarían inversiones como la compra de inmuebles u otros, ya que generalmente éstas requieren un capital mayor para materializarse”, afirmó.

Aguilar recomendó ahorrar un monto, aprovechando las ofertas del mercado, como la compra de bonos. En ese marco, consideró que el Banco Central de Bolivia (BCB) cuenta con el ya conocido “Bono Navideño”.

“La decisión de ahorro o consumo es muy personal y depende de la situación de cada familia y de sus planes futuros. Sin embargo, en general, cuando alguien recibe un ingreso extra, si tiene un balance negativo (gastos mayores a ingresos) lo esperable es pagar las deudas; si se tiene una situación equilibrada o superavitaria, se esperaría un mayor consumo, pero siempre considerando destinar una proporción de ahorro para contingencias futuras”, agregó.

 
OPINIÓN
El aguinaldo está protegido por la CPE

Andrés Aguilera, abogado, experto laboral y empresarial, director de Coprosat
 
 
El aguinaldo de Navidad está protegido por la Constitución Política del Estado (CPE) y reglamentado por la Resolución Ministerial Nº 712/03 de 20 de noviembre de 2003 (permanente). Le corresponde a todos los trabajadores y trabajadoras, tanto del sector público como privado.

El pago se lo debe realizar hasta el 20 de diciembre de 2023, impostergablemente. Desde el 21 de diciembre, el Ministerio de Trabajo, recibe las denuncias de no pago y resuelve sancionar con el pago doble. Con las nuevas facultades otorgadas al Ministerio de Trabajo por la Ley de Restitución de Derechos Laborales del año 2022, esta sanción de pago doble puede considerarse un título coactivo, lo que permite al trabajador o trabajadora, tener una deuda reconocida y poder accionar su cobro, tanto por la vía administrativa como por la vía judicial.

Del sector privado, todos los trabajadores o todas las trabajadoras, que hayan trabajado tres meses en la gestión, quiere decir que hayan sido contratados hasta el 1 de octubre de 2023, les corresponde, así sean llamados eventuales, si tienen contrato verbal, si tienen contrato a plazo fijo, proyecto, teletrabajo o indefinido; así les paguen por jornal, quincena, avance, mensual o comisiones.

Dentro del sector público les corresponde a todos los funcionarios, a excepción de los consultores en línea o por producto.

Si un trabajador que cumple con estos requisitos y no recibe el pago del aguinaldo, debe recurrir al Ministerio de Trabajo y realizar su denuncia.