El Estado boliviano pidió seis meses para analizar la situación. El acuerdo internacional establece para Bolivia el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico

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9 de agosto de 2021, 17:09 PM
9 de agosto de 2021, 17:09 PM

Mala noticia para el comercio exterior. La Empresa Portuaria Arica (EPA) comenzó a cobrar de manera arbitraria tarifas con un aumento de hasta 46% para el comercio exterior boliviano, informó la Administración de Servicios Portuarios de Bolivia (ASP-B) que pidió a Chile respetar los acuerdo vigentes des de 1904, según reporte de la agencia ABI.

Dante Justiniano, Gerente Ejecutivo de la Administración de Servicios Portuarios de Bolivia (ASP-B) en el programa “Las 7 en el 7”, de Bolivia Tv pidió al país vecinos respetar el tratado de 1904 y pidió seis meses para analizar la situación tarifaria sin que se afecte al comercio nacional.

Volvemos a manifestar, tanto a la EPA, que es parte del gobierno de Chile, como a su concesionaria TPA (Terminal Puerto Arica), que nos den esos seis meses y no afecten a nuestros ciudadanos, que no suban y apliquen su tarifa pública afectando en un 46% adicional a la tarifa pública que hoy en día nos cobraron hasta el 4 de agosto. Esta es una afectación que se hace a nuestra ciudadanía, que se hacen a nuestros importadores, a nuestros consignatarios”, manifestó.

Agregó que “lastimosamente ellos (los chilenos) han comunicado que están aplicando las tarifas públicas sin descuentos. Eso afecta a nuestros ciudadanos bolivianos, los que hacen su importación por el puerto de Arica”.

La autoridad boliviana dijo que el comercio al Pacifico está regido por el Tratado de 1904 firmado por Chile y Bolivia, en el cual se garantiza a perpetuidad el libre tránsito de mercadería boliviana.

Ese tratado indica: “Artículo VI. La República de Chile reconoce en favor de la de Bolivia y a perpetuidad, el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico. Ambos Gobiernos acordarán, en actos especiales, la reglamentación conveniente para asegurar, sin perjuicios para sus respectivos intereses fiscales, el propósito arriba expresado”.