Constructora cochabambina en la recta final para ser la primera en vender diésel
Se trata de la empresa privada Latigid Const SRL, según el informe de YPFB Logística. En carpeta hay 19 empresas interesadas en distribuir y comercializar gasolina y diésel
La empresa privada constructora de Cochabamba Latigid Const SRL, se encuentra en la recta final para ser una de las primeras en distribuir y vender combustible en el país, informaron desde YPFB Logística, según ABI.
Félix Cruz, gerente de YPFB Logística, sostuvo que esa empresa ya está finalizando los requisitos “para ser una de las primeras empresas en comercializarlas en Bolivia”.
Cruz detalló que la constructora Latigid Const SRL hizo “llegar cisternas de importación para consumo propio y amplió su solicitud para poder comercializar” y agregó que, así como la constructora cochabambina, hay otras 19 empresas con las que se firmaron contratos para “que puedan internar combustible al país”.
Marcelo Vargas, gerente de la Cámara de la Construcción de Cochabamba indicó que Latigid Const SRL, es una empresa afilada y con varios años en el sector de la construcción.
En su página web se indica que Latigid Const SRL lleva en el mercado más de 15 años y que en ese periodo diversificó sus actividades, trabajando en la construcción de edificios y que cuenta con una gran experiencia en la logística de importación.
Cruz detalló que la empresa importó en septiembre diésel para consumo propio y ahora lo hará para comercializarlo y para llevar adelante esta actividad la firma recurrió a YPFB Logística para gestionar el almacenamiento del combustible.
Los requisitos a cumplir
Para agilizar la importación y comercialización de combustible en el país por parte de privados, el Gobierno aprobó los decretos 5218 y 5271, además, habilitó dos ventanillas únicas: en el Distrito Comercial de YPFB, en Santa Cruz, y en la calle Bueno, en La Paz.
Para la importación de carburantes, la persona natural o jurídica debe cumplir con los requisitos establecidos en el parágrafo II, artículo 3, del Decreto Supremo (DS) 28419 de 21 de octubre de 2005, modificado por el DS 5218 de 4 de septiembre de 2024 que reduce los tiempos y trámites burocráticos para la importación.
También se debe tomar en cuenta que para la comercialización de gasolinas y diésel hay al menos seis requisitos a cumplir como contar con el certificados de prueba hidrostática del tanque emitido por la entidad autorizada o la empresa certificada, tener una pólizas de seguro mínimas, presentar una declaración jurada respecto al cumplimiento de las condiciones de seguridad y operación para la comercialización de la parte mecánica, eléctrica, sanitaria y las características de almacenamiento en tanques de combustibles líquidos.