La Confederación de Empresarios Privados de Bolivia denunció que, antes que proteger la estabilidad laboral, la administración de Luis Arce continúa en la sistemática tarea de precarizar la situación de las empresas

25 de agosto de 2022, 19:30 PM
25 de agosto de 2022, 19:30 PM

El empresariado privado rechazó la decisión del Legislativo de sancionar sin modificaciones el Proyecto de Ley 283 de “Procedimiento especial para la restitución de derechos laborales fundamentales”, que define como “injustificados” el despido unilateral y arbitrario por parte del empleador y la inasistencia injustificada del trabajador por seis días laborales continuos, por lo que dispone que los empleadores reincorporen a esos trabajadores a sus puestos laborales y les paguen por los meses que duró la desvinculación.

El “contenido y propósitos” de esta norma “violentan derechos constitucionales de los empresarios, emprendedores y toda persona que, en uso de sus prerrogativas legales, realiza contrataciones laborales en el ámbito de la normativa vigente”, sostuvo en un comunicado la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB).

“Denunciamos además que, antes que proteger la estabilidad laboral, el gobierno nacional continúa en la sistemática tarea de precarizar la situación de las empresas, especialmente del sector productivo formal, obligándolas a reducir las posibilidades de contratación y sostenimiento de fuentes de trabajo digno, lo que se vuelve más grave en un momento de evidente crisis e incertidumbre que afecta el empleo y los ingresos de la población”, manifestó.

La propuesta legal se aplica para trabajadores que se desempeñan bajo la Ley General del Trabajo y tiene por objeto preservar la estabilidad laboral en caso de despido injustificado y resguardar cinco derechos: al trabajo, a la inamovilidad laboral, a la remuneración o salario, a la libre sindicalización y al fuero sindical. 

El trabajador que considere vulnerado uno de estos derechos tendrá un plazo de tres meses, computables a partir de la comunicación verbal o escrita del despido, para acudir al Ministerio de Trabajo y presentar la denuncia y la correspondiente solicitud de restitución de derecho laboral. Vencido ese plazo, podrá acudir a la judicatura laboral.

La norma sancionada el día de ayer 24 de agosto, vulnera el principio de igualdad establecido en nuestra Constitución, al anteponer los derechos de algunos trabajadores por sobre los de los empleadores en temas tan sensibles como el sostenimiento del trabajo y la remuneración”, indica la CEPB.

"Hacemos notar que el ordenamiento legal vigente ya está diseñado para garantizar la estabilidad laboral, autorizando la desvinculación en situaciones claramente definidas, por lo que esta nueva norma, no solo va a generar una grave distorsión jurídica sino que va a reactivar una falsa confrontación entre trabajadores y empresarios", acotó.

La patronal expresó también su preocupación porque la Asamblea Legislativa no haya considerado ninguna de las observaciones, sustentadas por argumentos jurídicos, técnicos y procedimentales.