Las personas que no residen en el país y tienen en Bolivia una fortuna neta mayor a Bs 30 millones pueden cumplir con el tributo hasta fines de abril

8 de marzo de 2022, 12:03 PM
8 de marzo de 2022, 12:03 PM

Por Walter Vásquez

Las personas naturales residentes en el país, con una fortuna neta acumulada situada o colocada en el territorio nacional o en el exterior mayor a Bs 30 millones, deben pagar el Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF) hasta el 31 de marzo de 2022, recordó el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN). La multa por incumplir el pago es equivalente al 200% del tributo omitido.

Las personas nacionales o extranjeras que no residen en el país, pero que poseen en Bolivia una fortuna neta mayor de Bs 30 millones, deben pagar ese tributo hasta el último día hábil de abril de cada año.

El estudio jurídico Ferrere precisó que en los matrimonios bajo el régimen de mancomunidad de bienes o gananciales, la base imponible del IGF estará compuesta por el valor total de la fortuna personal de cada cónyuge más el 50% del valor de la fortuna acumulada durante el matrimonio.

Se considera residentes a todas las personas nacionales o extranjeras que permanezcan más de 183 días en territorio nacional, en forma continua o discontinua, en un año.  

“Con el IGF, el Estado Plurinacional fortaleció su política de redistribución del ingreso y la reactivación de la economía, que se traduce en la construcción de infraestructura educativa, vial, hospitalaria y otras obras que benefician a todos los bolivianos”, destacó Impuestos Nacionales.

Hasta el 31 de diciembre de 2021, la Administración Tributaria recaudó por el IGF Bs 240,8 millones y registró a 240 contribuyentes en esta nueva categoría tributaria.

De acuerdo con la Ley 1357, las sociedades comerciales, cooperativas, sociedades anónimas mixtas, empresas públicas, entre otras con personería jurídica, no pagan el impuesto.