Los aportantes del Régimen General deben presentar su declaración jurada mediante cuatros diferentes formularios

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17 de abril de 2021, 18:57 PM
17 de abril de 2021, 18:57 PM

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) informó que este 30 de abril vence el plazo para el pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) y la presentación de los estados financieros en físico y digital para las empresas de los sectores de comercio, servicios, seguros, banca y otros, que cerraron su gestión el 31 de diciembre de 2020.

El SIN recordó que el Decreto Supremo 24051 de Reglamento del IUE, de 29 de junio de 1995, dispone que los plazos para la presentación de la Declaración Jurada y el pago del IUE, cuando corresponda, vence a los 120 días posteriores al cierre de la gestión fiscal.

Los contribuyentes del Régimen General deben presentar la Declaración Jurada a través de los Formularios 500, para empresas obligadas a llevar registros contables; 520, para empresas no obligadas a presentar registros contables; 501, para transportistas; y 510, para Profesionales Liberales u Oficios.

El pago realizado del IUE hasta el 30 de abril, podrá ser compensado como pago a cuenta del Impuesto a las Transacciones (IT) a partir del periodo fiscal correspondiente a mayo/2021, que se declara en junio de esta gestión.