La CPA, con sede en La Haya, se declaró "sin jurisdicción" el 27 de noviembre. La demanda es por $us 270 millones

29 de noviembre de 2023, 20:50 PM
29 de noviembre de 2023, 20:50 PM

Luego que la Corte Permanente de Arbitraje (CPA) se declaró “sin jurisdicción” sobre el caso Fancesa, la Procuraduría General del Estado (PGE) celebró la medida porque se trata de un “fallo a favor de Bolivia” en una demanda de $us 269,4 millones, interpuesta por la Sociedad Boliviana de Cemento (Soboce) y sus socios contra el Estado boliviano, por la expropiación de sus acciones en la Fábrica Nacional de Cemento (Fancesa).

Por su parte, Soboce junto a sus accionistas del Grupo Gloria del Perú, “continuará acudiendo a los canales judiciales y/o arbitrales (nacionales o internacionales) para el reconocimiento de sus derechos”, anunció en un comunicado, este miércoles.

“El 27 de noviembre fuimos notificados con una decisión arbitral del caso CPA 2020-47 (…), este laudo tiene un carácter definitivo, es una victoria, es un fallo favorable para el Estado boliviano”, afirmó el procurador, César Siles, en conferencia de prensa, al calificar el hecho como una “nueva victoria jurídica internacional” para el Estado boliviano.

Siles explicó que esta demanda emergió por “una posible controversia, a decir, del convenio entre Perú y Bolivia, sobre promoción y protección recíproca de inversiones suscrita el 30 de julio de 1993, convenio que fue reclamado como incumplido”, por las empresas cementeras.

La PGE informó que Soboce y sus asociadas (Consorcio Cementero del Sur S.A., Yura Inversiones Bolivia S.A. y el Grupo de Inversiones Gloria Bolivia S.A.) activaron la cláusula arbitral del convenio entre Bolivia y Perú sobre la promoción y protección recíproca de inversiones; por ello, demandó una indemnización de $us 269,4 millones.

Sin embargo, el Estado boliviano rechazó la alegación de las demandantes y presentó un escrito de "Objeciones a la Jurisdicción del Tribunal y Solicitud de Bifurcación", alegando falta de jurisdicción. “Fue hasta el lunes 27 de noviembre que se admitió la objeción ‘ratione voluntatis’ (por motivo de la voluntad), presentada por Bolivia”, informó la PGE.

“La decisión del tribunal no afecta la validez de nuestros derechos y justos reclamos. La acción legal para conseguir la justa compensación por la expropiación de acciones en Fancesa, el año 2010, tiene fundamento en el Decreto Supremo 616 de 1 de septiembre de 2010, norma interna de la legislación boliviana que permanece firme”, expresó Soboce en el comunicado emitido este miércoles.

Al mismo tiempo, Soboce manifestó su confianza en la Justicia y en el derecho legítimo que le asiste, “puesto que la Constitución Boliviana garantiza el pago de indemnizaciones en caso de expropiación. La confiscación de bienes, activos y derechos está prohibida por la propia Constitución”, agregó.  

La Corte Permanente de Arbitraje tiene sede en La Haya, Países Bajos, y cuenta con 122 Partes Contratantes que han aceptado uno o ambos convenios fundacionales de la CPA. Bolivia aceptó los convenios de las convenciones de 1899 y de 1907.