Las entidades financieras señalan que la resolución genera riesgo de pérdida por no contar con los fondos disponibles que aseguren la continuidad de sus operaciones, por efecto del extenso periodo de diferimiento, prórroga y gracia

11 de marzo de 2021, 12:04 PM
11 de marzo de 2021, 12:04 PM

Las entidades financieras Banco de Crédito de Bolivia BCP, Banco Mercantil Santa Cruz, Banco Nacional de Bolivia, Banco Bisa, Banco Ganadero, Banco Económico y Banco Fortaleza, a través de un recurso de revocatoria, solicitaron a Reynaldo Yujra, director general interino de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), anular la Resolución ASFI/028/2021.

Los bancos señalan que lo establecido en la Resolución ASFI/028/2021 vulnera lo establecido en el capítulo 2 Gestión de Riesgos, de la Ley de Servicios Financieros, artículo 449 Gestión Integral de Riesgos, artículo 450 Gestión del Riesgo de Crédito (Objetivo minimizar los niveles de exposición a este riesgo), artículo 452 Gestión de Riesgo de Liquidez (Riesgo de pérdida por no contar con los fondos disponibles que aseguren la continuidad de sus operaciones, por efecto del extenso periodo de diferimiento, prórroga y gracia, que ocasiona la falta de disponibilidad de fondos-descalce de plazos). 

Además, mencionan el artículo 454 Evaluación del Deudor (plazos extendidos no ajustados a la capacidad real de pago del deudor). Por ello, piden que Yujra haga las observaciones debidas.

Cabe recordar que la Resolución ASFI 028/2021, de 14 de enero de 2021, establece el tratamiento de refinanciamiento o reprogramación de créditos con cuotas que fueron diferidas con los siguientes beneficios:

- Seis meses de gracia sin pago de cuotas de interés ni capital

- Periodo de prórroga hasta que se firme la adenda a simple requerimiento

- Acceso a nuevos créditos, ya que no afecta la calificación de créditos

- Prohibición de cobro de intereses de cuotas diferidas como condición de acceso

- Prohibición de cobro de intereses adicionales o incremento de la tasa de interés

- Otras disposiciones que benefician al prestatario que solicite refinanciamiento o reprogramación de créditos diferidos

Es preciso indicar que la resolución ASFI 028/2021 se dio luego de que durante prácticamente todo el 2020 se haya establecido el diferimiento del pago de los créditos, debido a la paralización de las actividades económicas generada por la pandemia de Covid-19.  

De acuerdo con los datos de la ASFI, el sistema financiero administra un monto de créditos superior a los $us 28.000 millones y los créditos diferidos en 2020 representan un poco más del 10%.

En enero de este año, Yujra, en contacto con EL DEBER Streaming, indicó que el periodo de gracia de seis meses beneficiaría a los clientes que se acogieron al diferimiento de créditos en 2020.