Opinión

Bolivia: el paraíso del contrabando

7 de mayo de 2021, 5:00 AM
7 de mayo de 2021, 5:00 AM

Durante la Asamblea Constituyente nuestros asambleístas tuvieron la gallardía de tipificar al contrabando como delito económico, mediante el artículo 325. Esto hizo de Bolivia el primer y único país del mundo en considerar esta conducta como delito en un texto constitucional. A pesar de ello, nuestra rimbombante Constitución no es una sorpresa, puesto que contamos con legislación anticontrabando desde 1884 y entidades, creadas coyunturalmente, desde 1968 hasta el 2020. Es una lucha centenaria y sin resultados contundentes.

El contrabando no es un hecho aislado, es un epifenómeno de la informalidad. Según el reporte “Informalidad laboral en América Latina” de 2020, del Latin American Public Opinion Project (Lapop) de la Universidad Vanderbilt, nuestro país cuenta con un 73,1% de trabajadores informales. Nuestra carga tributaria, restricciones al mercado laboral y la ineficiencia de las instituciones gubernamentales son las principales causas del gran tamaño del sector informal en el país, que permite pulular a los contrabandistas. Esta débil situación para impulsar la formalidad se ve reflejada en el Doing Business Report de 2020, que sitúa a Bolivia en el puesto 150 de 170 países para hacer negocios.

Respecto a las cifras, la CEPB ha estimado que la internación ilícita de productos es de $us 2.300 millones anuales, mientras que Cainco estima que asciende a $us 400 millones solo sobre ocho categorías de alimentos y bebidas. Esto debería alarmar a las autoridades nacionales, puesto que requerimos de acciones inmediatas para reactivar la economía nacional, más aún cuando el contrabando se ha profundizado este último cuatrimestre.

No obstante, los decomisos son minúsculos, en proporción al contrabando. Según datos de la Aduana Nacional, el valor de mercadería decomisada el 2018 fue de Bs 512 millones, el 2019 de Bs 601 millones y el 2020 de Bs 383 millones. Mientras que, para la gestión 2021, la meta anual ha sido reducida a Bs 289 millones, monto que está muy por debajo a las gestiones pasadas y anodina con relación a lo que se interna ilícitamente al país.

Si es que quisiéramos mejorar estas cifras, las autoridades deben aunar esfuerzos. Diversas entidades del Estado poseen competencias y facultades para decomisar y destruir productos sin registro sanitario. Sin embargo, ninguna coordina plenamente entre sí, lo cual hace pensar que “la casa está desordenada” porque cada uno actúa por su cuenta. Asimismo, las autoridades ediles, recientemente posesionadas, deben municipalizar la lucha contra el contrabando. Contar con más emprendedores formales les permitirá recibir mayores recursos a través de la coparticipación tributaria. Por ende, los nuevos alcaldes deben prohibir la venta de productos de contrabando en los mercados municipales y decomisar toda mercadería internada ilícitamente.

Por otra parte, con la legislación vigente es virtualmente imposible procesar a contrabandistas delictivos. El artículo 181 del Código Tributario Boliviano ha sufrido cinco modificaciones desde su promulgación en 2003. Inicialmente, para que el contrabando sea considerado como un delito, el valor del tributo omitido debía superar las UFV 10 mil ($us 1.337). Empero, en la actualidad este valor se ha incrementado en un 1.900%, puesto que el tributo omitido de las mercaderías de contrabando debe ascender a UFV 200 mil ($us 69.000), monto que es el más alto de todo el continente americano.

Ilustrando esta situación, por ejemplo, sobre el contrabando de televisores de costo unitario de $us 1.000, el 2003 había riesgo de ser procesado penalmente por contrabandear catorce televisores, por un monto de $us 13 mil; no obstante, el 2021, un contrabandista recién tiene riesgo de ser imputado por contrabando al internar 690 televisores por un valor de $us 690 mil. Con este escenario, por el alto valor para determinar contrabando delictivo, es evidente que la puerta del contrabando en Bolivia es muy grande, siendo que a la fecha no se conocen personas procesadas penalmente por este delito.

Lastimosamente el andamiaje legal en Bolivia es permisivo con el contrabando, ser contrabandista es fácil. Mientras que un emprendedor formal atraviesa un calvario para subsistir, como Sísifo en las montañas, el contrabandista vive en un paraíso, engordando sus ingresos en el oasis boliviano.

Por este motivo, la Aduana Nacional, en vez de revisar exhaustivamente a los viajeros que llegan a nuestros aeropuertos, debe vigilar y controlar férreamente a los contrabandistas que internan sus mercancías por vías clandestinas, comercializándolo en nuestros mercados. Nuestras autoridades deben reaccionar inmediatamente contra este delito e impulsar normas que fomenten la formalidad, por el contrario, seguiremos siendo permisivos como sociedad y gobierno con este delito en desmedro de nuestra economía.



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