Opinión

“Crónica de una muerte anunciada”

24 de octubre de 2019, 3:00 AM
24 de octubre de 2019, 3:00 AM

Acudo al título de la novela de Gabriel García Márquez, para describir el proceso de desconstitucionalización, al que hice referencia años atrás en esta columna, que está conduciendo peligrosamente a la muerte de la Democracia en Bolivia.

Un primer hecho de ese proceso fue, la determinación adoptada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), aplicando erróneamente el art. 136.III de la Ley Nº 0926 del Régimen Electoral, e infringiendo los arts. 1º, 8.II, 21.5), 26 y 28 de la Constitución y, principalmente el art. 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), por la que canceló la personalidad jurídica de Unidad Demócrata (UD) en Beni, dejando con ello fuera de la carrera electoral a todos los candidatos inscritos por esa organización política.

Un segundo hecho fue, la no habilitación de la candidatura de Rebeca Delgado y Eduardo Maldonado, al cargo de alcalde, aplicando la circular 71/2014, mediante la cual se prohibió a los asambleístas nacionales del periodo 2010-2015 postular a cargos subnacionales, a excepción de los cargos de gobernador y asambleísta departamental. Esa decisión violó el derecho político de ser elegido; así ha determinado el Comité de Derechos Humanos de la ONU en sus dictámenes de 28 de marzo de 2018, donde ha establecido la Responsabilidad Internacional del Estado por la violación del mencionado derecho.

Un tercer hecho fue, la emisión de la Sentencia Constitucional SCP 0084/2017 de 28 de noviembre, en la que, incurriendo en un falseamiento constitucional y fraude convencional, se declaró la aplicación preferente del art. 23 de la Convención frente al art. 168 de la Constitución, argumentando que esa norma reconoce un derecho humano a la reelección indefinida y que el ejercicio del derecho a ser elegido solo puede ser restringido por las razones establecidas por el art. 23.2 de la CADH; cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su sentencia del caso Castañeda Gutman vs. México ha definido lo contrario.

Un cuarto hecho fue, la emisión de la Ley de Organizaciones Políticas y la implementación de las elecciones primarias atípicas, por parte del TSE, en las que solamente se inscribió una candidatura por partido, lo que no justificaba su realización. La intencionalidad fue habilitar el binomio oficialista burlando la voluntad ciudadana manifestada en las urnas el 21 de febrero de 2016; como que habilitaron argumentando cumplir la Sentencia SCP/0084/2017, que no era aplicable al caso, ya que por mandato del art. 14 del Código Procesal Constitucional, las sentencias emitidas en la Acción de Inconstitucionalidad no tienen efecto retroactivo, por lo que solo son aplicables a futuro; por lo que, solo es aplicable para las ciudadanas y los ciudadanos que sean elegidos en estas elecciones y asuman el cargo en enero de 2020; pues ellos ya no tendrán limitación alguna para la reelección; pero no era aplicable al presidente y el vicepresidente del Estado en ejercicio, porque ellos fueron elegidos con una regla establecida por el art. 168 de la Constitución, que fija el periodo constitucional en 5 años y prevé la reelección continua por una sola vez; fue bajo ese marco jurídico y reglas vigentes que los ciudadanos y ciudadanas votaron por ambos ciudadanos y los invistieron del mandato popular.

Un quinto hecho fue, la interrupción, sin explicación razonable y convincente, de la publicación de los datos del TREP entre las 20:10 horas del 20 de octubre y las 19:00 horas del 21 de octubre; hecho que fue observado por la Misión de Observación Electoral de la OEA, en su Declaración hecha pública. Extrañamente, a Hrs. 20:20 del día domingo 20, el candidato oficialista se declaró ganador de las elecciones y afirmó que el MAS tiene 2/3 en la Cámara de Diputados, siendo así que aún no se tenían resultados oficiales.

Finalmente, ayer, el presidente del Estado (candidato oficialista) en conferencia de prensa se declaró ganador de las elecciones, afirmando que el MAS ganó en primera vuelta gracias al voto del área rural, sin que aún haya concluido el cómputo oficial, y siendo así que según el reporte oficial del TSE, a las 10:16 refleja que no existe la ventaja superior al 10% entre el primero y el segundo.

Lo grave del caso es que, denunciando un supuesto golpe de Estado, ha anunciado estado de emergencia y movilización pacífica y llamó a las organizaciones sociales afines a defender a su gobierno.

Se trata de una convocatoria que, tomando en cuenta la protesta ciudadana en las calles por el desconocimiento de la voluntad popular, terminará en una confrontación con resultados imprevisibles y lamentables; cuyo resultado final será la consumación del desconocimiento de la voluntad ciudadana y las reglas de juego preestablecidas por la Constitución.

Con esas acciones estamos camino a que se nos muera la democracia y el Estado constitucional de Derecho, poniendo en serio riesgo de lapidación a la democracia boliviana.



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