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3 de noviembre de 2021, 3:30 AM
3 de noviembre de 2021, 3:30 AM

Los hechos recientes relacionados con el caso de embarazo por violación recurrente, de una niña de 11 años, acaecido en Yapacaní, departamento de Santa Cruz, han puesto en la palestra el tema de los derechos de las víctimas de violación. El caso ha cobrado notoriedad pública debido a que organizaciones religiosas han interferido el proceso de interrupción del embarazo, que ya estaba en curso bajo responsabilidad de los médicos de la Maternidad Percy Boland de Santa Cruz de la Sierra.

Esta intervención, a todas luces manipuladora y que, además, se dio en medio de la noche, probablemente por la filtración de un caso que debería haber sido mantenido en reserva para proteger a la víctima, dio lugar que la niña y su madre firmen una declaración aceptando la continuidad del embarazo y la niña sea trasladada a una institución religiosa. Esta acción fue respaldada posteriormente por un representante de la Conferencia Episcopal que comprometió el apoyo de la Iglesia para que la niña afectada lleve adelante el proceso de gestación y sugirió como “solución pos parto”, que la futura criatura –si a pesar de las condiciones adversas nace viva-, sea dada en adopción, como si con eso acabara el drama que está sufriendo la niña.

No solo en Bolivia, sino a nivel internacional, existe una normativa clara respecto a lo que corresponde hacer en estas lamentables situaciones, a partir de un principio básico de humanidad. Por ello, los argumentos religiosos que se esgrimen dizque “en defensa de la vida”, pretenden sobreponerse a principios aceptados internacionalmente y que verdaderamente defienden la vida y la integridad de las niñas, niños y adolescentes. 

Más allá de la discusión sobre el derecho al aborto, que ha sido garantizado en países más evolucionados que el nuestro, el caso de esta niña, a la que quieren condenar a ser madre, cuando ni siquiera tiene la madurez biológica para gestar a un óvulo fecundado por un espermatozoide que abusiva y violentamente ha sido colocado en su vientre infantil, no admite consideración alguna que justifique la continuidad de ese embarazo.

Precisamente para encarar en las mejores condiciones posibles, las secuelas físicas y psicológicas que se presentan en estos casos, la legislación vigente en Bolivia, prevé un procedimiento expedito que interrumpe el embarazo, acción tanto más pertinente tratándose de una persona que, por su edad, no está en condiciones de tomar decisiones tan graves y que, por tanto, legalmente ni siquiera está ahora bajo la tuición de sus progenitores, sino de la Defensoría de la Niñez.

En cuanto a la acción de la Iglesia, seguramente existen abundantes oportunidades para que realice acciones en favor de la niñez y cabría sugerir a sus representantes que recuerden que, según reza la tradición católica, Jesucristo dijo “Dejad que los niños (y supongo que también las niñas) venga a mí”, no para vejarlos o vejarlas -como ha ocurrido tantas veces (y es muy probable que ocurra todavía) en instituciones religiosas- sino para protegerlos con amor y responsabilidad de largo plazo.

Lo que corresponde en este caso, es que la sociedad -a través de las instancias gubernamentales responsables- preserve la vida de esta niña, interrumpiendo el embarazo en condiciones seguras y le proporcione asistencia psicológica y protección para que pueda proseguir su desarrollo, libre de amenazas a su integridad personal y su vida. ¡Estamos a tiempo

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