Un ministro y un experto señalaron que si el Órgano Electoral toma esa decisión, debe pedirlo a la Asamblea Legislativa. Los asambleístas deben enviar el proyecto de ley al TCP. Pero, el TSE ya lo hizo el año pasado solo con una resolución

18 de enero de 2021, 22:34 PM
18 de enero de 2021, 22:34 PM

En el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no existe una respuesta oficial sobre la postergación de las elecciones subnacionales de marzo. Pero, es un hecho que los vocales analizan esa posibilidad por causa de la segunda oleada del Covid-19.

La Sala Plena se reunió el domingo y analizó a fondo lo ocurrido en el Tribunal Departamental de Santa Cruz, que tiene a la mitad de sus funcionarios afectados por el virus. En la lista figuran dos vocales, el secretario de cámara, el asesor jurídico y el jefe de Tecnología Informática.

Este hecho volvió a abrir la posibilidad de postergar las elecciones ante la pandemia, como ocurrió el año pasado con los comicios generales, informaron altas fuentes del TSE.

Unos consideran que si el TSE decide postergar las elecciones subnacionales programadas para el 7 de marzo, deberá enviar una solicitud a través de un anteproyecto de ley a la Asamblea Legislativa, que deberá aprobar esa norma. Como esa postergación implicaría una nueva prórroga de autoridades subnacionales, se necesitará un pronunciamiento del Tribunal Constitucional Plurinacional, como ocurrió en 2020.

Empero, otra corriente asegura que basta con una resolución.

El ministro de Justicia, Iván Lima, explicó ayer en el programa Influyentes de EL DEBER Radio que la decisión de reprogramar la fecha de elecciones depende del TSE.

Sin embargo, consideró que “la Sala Plena debe solicitarlo a la Asamblea Legislativa Plurinacional y modificar la fecha mediante una ley del Estado. Es algo que dejamos en manos del Órgano Electoral”, advirtió la autoridad.

El constitucionalista Williams Bascopé coincidió con esa posición. Explicó que si el TSE ve necesaria una postergación de las elecciones, puede enviar un anteproyecto de ley que modifique la fecha, el tiempo que sea necesario. La Asamblea Legislativa debe aprobar esa norma, pero, según su opinión, ahí viene un tercer paso, enviarla al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) porque implica una nueva ampliación del mandato de alcaldes, gobernadores, concejales y asambleístas departamentales.

“Debe quedar claro que no existe un procedimiento establecido en la CPE para esta circunstancia. Lo que sí tenemos es una sentencia constitucional, la 001/2020, que autorizó el mandato de autoridades subnacionales, primero por la crisis política tras la anulación de las elecciones por el fraude electoral y la convocatoria a nuevos comicios”, aseveró el abogado y analista.

Por ello, explicó que es necesario que el TCP, como lo hizo en aquella oportunidad para ejecutar una nueva prórroga a petición de la Asamblea Legislativa, declarando constitucional el proyecto de ley o solicitando una interpretación de la norma para ampliar las gestiones de las autoridades subnacionales del país ante una situación de emergencia, como se presenta con la pandemia.

El 24 de julio del año pasado, el presidente del TSE, Salvador Romero, comunicó que la Sala Plena había decidido postergar las elecciones hasta el 18 de octubre. Estos comicios estaban previstos para el 6 de septiembre y había una ley que establecía esa fecha como jornada de votación.

En ese caso, la Sala Plena no envió ninguna solicitud a la Asamblea Legislativa, ni pidió el aval del TCP. Simplemente lo decidió a través de una resolución.

Por ello, entonces, los vocales electorales Francisco Vargas y Daniel Atahuachi expresaron su disidencia a esa decisión. Las autoridades enviaron una carta a la Asamblea Legislativa Plurinacional, que tenía dos tercios del MAS, y sugirieron que se redacte una ley que establezca que la jornada de votación debe realizarse hasta el día que se anunció.

La decisión de la Sala Plena del @TSEBolivia no tuvo el consenso deseado. Expresé mi disidencia por la no remisión de un proyecto de Ley a la ALP que modifique la Ley 1304 (Ley Vigente) que fija un rango máximo de fechas hasta el 6/9 para la realización de las elecciones (Sic)”, escribió en su cuenta Twitter el vocal Vargas.

En la carta, los dos vocales pusieron a consideración de la Asamblea el proyecto de ley Modificatorio de la Ley 1304 de 2020 de postergación de las Elecciones Generales 2020, de fecha 21 de junio. “Solicitamos aprobar la misma”, recalcaron.

El presidente Salvador Romero señaló que es normal que en un cuerpo colegiado haya disidentes. “Dos colegas expresaron su desacuerdo sobre este mecanismo, pero es normal en un cuerpo colegiado. Es habitual, aunque la inmensa mayoría de las decisiones son tomadas de manera unánime, en algunas ocasiones hubo disidencia y son normales y legítimas”, explicó.

Este debate está otra vez instalado dentro de la Sala Plena. Hay jurisprudencia. El año pasado, El TSE dispuso la postergación de las elecciones generales y la ampliación del mandato de autoridades subnacionales sin la necesidad de ley de la Asamblea ni aval del TCP.

Ninguna instancia observó ese procedimiento. Por lo tanto, es un camino que en estos días analiza el TSE. El Gobierno reiteró que respetará las decisiones que tome el ente electoral, que es un organismo independiente.