El Ejecutivo propone la prohibición de despidos, de reducciones salariales o de movimientos del trabajador que afecten su nivel. Los empresarios advierten que la norma daña a la formalidad

27 de abril de 2021, 23:25 PM
27 de abril de 2021, 23:25 PM

A cuatro días del 1° de mayo, en la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa, se analiza el proyecto de Ley de Estabilidad Laboral (PL 149-20) que fue presentado por la bancada del MAS, y a ello se suma el planteamiento del Gobierno de una mejora al Salario Mínimo Nacional de un 0,67% (igual a la inflación 2020).

El proyecto de ley 140-20 propone que la norma sea retroactiva a partir del 10 de marzo de 2020, fecha en que se determinó la cuarentena por Covid-19. Este artículo plantea que los trabajadores recuperen sus puestos laborales o el nivel de sus salarios si fueron reducidos el año pasado.

El texto tiene como objetivo garantizar los puestos de trabajo, prohibiendo los despidos, la reducción del salario y los traslados que desmejoren un determinado cargo. Asimismo, señala que la ley rige para el periodo venidero.

El documento, que ingresó a la Cámara Baja el 13 de abril, hace foco en el sector privado, pero también beneficia a los trabajadores del sector público, pues se indica que el Estado queda prohibido de despedir a los servidores públicos por la vía administrativa, judicial y extra judicial.

En cuanto a las causales de despido, establece que los trabajadores del sector público como del privado podrán quedar cesantes de sus puestos de trabajo en el contexto de la Ley General de Trabajo y bajo el Estatuto del Funcionario Público y que las mismas serán supervisadas por el inspector de trabajo de pendiente del Ministerio de Trabajo.

Sobre el tema, Edwin Gerardo Peredo, abogado laboralista, sostuvo que el nuevo proyecto de ley es más de los mismo, no aporta nada nuevo y versa sobre conceptos y obligaciones que ya están plasmados en la Constitución Política del Estado.

Peredo aseguró que no tendrá ningún efecto en los trabajadores, ni en los empresarios, pues no se trata de nuevas obligaciones. En cuanto al alcance al sector público el laboralista manifestó su duda de que eso se cumpla y lamentó que este tipo de proyecto no hace otra cosa que confundir.

Al respecto, Jean Pierre Antelo, presidente de la Federación de Empresarios Privados de Santa Cruz (Fdepsc), indicó que el país no se ha reactivado,la crisis sanitaria sigue golpeando, y el mencionado proyecto de ley no plantea ninguna solución a la creación de nuevos empleos ni cómo salvar a las empresas y los trabajadores, en momentos en que el país necesita una recuperación económica urgente.

Antelo precisó que los planteamientos del Gobierno agravan la situación cuando ha transcurrido un año y un mes del inicio de la cuarentena y la amenaza de una tercera ola está presente.

A su vez, Ibo Blazicevic, presidente de la Cámara Nacional de Industrias, indicó que en un contexto de crisis económica que refleja el fuerte descenso de las actividades económicas, plantear “estabilidad laboral” implicaría mantener costos fijos laborales y profundizar la crisis económica, mayor paralización de las inversiones y producción, además del cierre de las oportunidades para nuevos empleos.

Asimismo, hizo notar que esta clase de medidas profundiza la crisis económica y la informalidad, castigando al empleo formal y las recaudaciones tributarias.



Propuesta de alza salarial

El Gobierno planteó ayer un incremento al Salario Mínimo Nacional (SMN) del 0,67% para la gestión 2021, argumentando que el objetivo es reponer el poder adquisitivo de la clase trabajadora que recibe el mínimo nacional, además de garantizar la estabilidad laboral.

El planteamiento realizado por el Gobierno contempla subir Bs 14,21 al SMN que actualmente es de Bs 2.122; es decir, con el incremento quedaría en Bs 2.136.

El ministro de Economía, Marcelo Montenegro, explicó que cada porcentaje de incremento salarial generará una consecuencia en la economía y si acaso se dispone un mayor porcentaje, generará un descalabro en la economía.

Cabe recordar que en el pliego petitorio de la COB, el pedido de mejora salarial es del 5% tanto para el haber básico como el SMN-

Desde la Fepsc como de la CNI, indicaron que el índice inflacionario es el que siempre debió guiar en los ajustes salariales.