Opinión

El trillado e inexistente caso terrorismo

19 de marzo de 2021, 5:00 AM
19 de marzo de 2021, 5:00 AM

La sociedad boliviana ha tomado conocimiento de que la exmandataria de Estado Jeanine Añez Chávez, exministros, militares, policías y personas comunes, están siendo procesados por un imaginario golpe de Estado a Evo Morales. Para este efecto, se los enjuicia penalmente por el delito de terrorismo y otros, ya guardando detención preventiva.

Para verificar si se incurrió en el delito de terrorismo, es imperante que haya habido tipicidad en la conducta de los acusados, consiguientemente y acorde al art. 133, Código Penal, se debe constatar si los acusados hicieron parte de una organización armada, que tengan ejecutado actos de destrucción de la seguridad común, la vida, la integridad corporal, la libertad de locomoción o la propiedad, con la finalidad de subvertir el orden constitucional o mantener en estado de zozobra, alarma o pánico colectivo a la población o a un sector de ella.

Como se ve, dicho delito exige que para su comisión sus autores hayan actuado de forma violenta contra los bienes públicos o privados, asumiendo abiertamente la subversión del orden establecido o la creación de un clima de terror e inseguridad susceptible de intimidar a los adversarios políticos, en este caso a Evo Morales, su partido político, a la Policía, el Ejército o a la población en general.

Son casos de terrorismo a nivel internacional el Ejército Republicano Irlandés (IRA), que pretende un Estado soberano e independiente del Reino Unido. En España, el Euskadi Ta Askatasuna (ETA), organización terrorista surgida en el País Vasco con los objetivos de independizar lo que ellos denominaban Euskal Herria y su constitución en un Estado socialista. En Perú, Sendero Luminoso, organización guerrillera con la meta de reemplazar las instituciones peruanas, que consideraban burguesas, por un régimen revolucionario campesino comunista. En Colombia, las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), organización terrorista, insurgente y guerrillera de extrema izquierda, con una base ideológica marxista-leninista, con el objetivo de tomar el poder político.

En la materia sub judice, la sociedad boliviana percibe con mediana claridad que no ha existido ningún acto de terrorismo por parte de los encausados; además, la Fiscalía tampoco a aportado indicios probatorios que mínimamente demuestren que la presidenta y demás encausados hayan sido parte de cualquier organización armada que hayan ejecutado actos de destrucción de bienes públicos para subvertir el orden constitucional o mantener en estado de pánico colectivo a la población. Toda vez que, Evo Morales, presionado por el evidente fraude electoral de 2019, declarado así por la Organización de Estados Americanos (OEA), renunció y luego abandonó el país, siendo que la Asamblea Legislativa con dos tercios de masistas luego la aceptó, etc., etc., etc.

En la siquis general aún está reciente el también denominado caso de terrorismo surgido de la ejecución sumaria de extranjeros en el Hotel Las Américas, por la que el Gobierno tildó a la sociedad cruceña de separatista y se procesó a una serie de personas en un proceso penal que duró diez años y que al final concluyó con un retiro de acusación. Este hecho, aparejado al actual proceso, si son actos palpables e inequívocos por los que se mantiene en estado de zozobra, alarma o genera pánico colectivo a la población e intimida a los adversarios políticos del Gobierno y a la sociedad en general, con ser injustamente apresados.

Todos los juristas nacionales son coincidentes en señalar que si la presidenta incurrió en delitos, debe ser juzgada por la ley de juzgamiento de presidentes y altas autoridades. Nótese que hasta el exdictador Luis García Meza acusado de delitos de genocidio y la masacre sangrienta de la calle Harrington, corrupción y otros, sí tuvo derecho a ser juzgado por una ley similar y no así por jueces y fiscales ordinarios.

Dichos antecedentes y la principal evidencia de que la vapuleada administración de justicia no haya probado la subsunción de la conducta de los acusados con el referido tipo penal de terrorismo, es decir, la inexistencia de la tipicidad con dicho delito, nos lleva a la triste conclusión de que el Gobierno, una vez más, nos hará asistir a un nuevo capítulo de la trillada tragicomedia denominada terrorismo, que al final solo pretende intimidarnos por el acaparamiento simple del poder político.



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